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Obra Sociales


El sistema solidario y los desafíos de la sostenibilidad

Por  el Dr. Benjamín Surace (*)

El Sistema de Obras Sociales Nacionales en la Argentina, sustentado en los principios fundacionales de solidaridad y equidad padece desde hace años el desapego de políticas hacia esos principios.
Y estas “faltas de políticas de salud” hacen que estos principios sean bienes escasos en los tres subsistemas de nuestro país. Por ello, algunos hablan de una salud para ricos, y otra salud para pobres.
La Seguridad Social no está ajena a esta crisis de valores. Hoy vivimos en constante desafío para mantener la equidad dentro de la población cubierta y financiada por los aportes de los trabajadores y de las contribuciones de los empleadores. Los gestores y planificadores sanitarios tienen que hacer frente a un problema de “Sostenibilidad”.
El gobierno actual comprendió la situación del sector y dictó el DNU 908/2016 en donde expresa:
... “Qué en atención a la particular situación precedentemente expuesta, y en virtud del incremento constante de los recursos que componen el FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCIÓN, corresponde precisar que el monto total destinado por la presente medida es el equivalente al saldo que el FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCIÓN registra en la correspondiente cuenta del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA al 28 de julio de 2016, deducido el monto no distribuido correspondiente al año 2015. Que asimismo deben adoptarse medidas que permitan sostener la capacidad económica del citado FONDO mediante un régimen de inversión apropiado a su naturaleza.” ...
En las últimas décadas el gasto sanitario ha ido en progresivo aumento año tras año, superando inclusive la inflación que sufrió el país. Este crecimiento ha respondido a la presión de diferentes factores que aún permanecen en nuestro sistema.
Si “Solidaridad” es que los recursos de los trabajadores de ingresos más altos compensen a los de ingresos más bajos, no puede existir ese principio mientras:

1. No se acompañe de algún criterio de racionalidad en la migración de los trabajadores de altos ingresos, como podría ser una compensación al FSR.
2. Se incorporen al sistema beneficiarios del régimen de monotributo con cuota claramente inferior al promedio de los trabajadores en relación de dependencia.
3. Se deba aceptar la inscripción diferida del grupo familiar del monotributista (cuando requiera una atención de salud).
4. La transferencia de recursos para atención de los jubilados sea muy inferior incluso de los recursos que gestiona el PAMI.

FINANCIACIÓN DE LAS OO. SS (AGOSTO 2016 – AGOSTO 2017)

Año 2016 Año 2017 Aumento
Nº de Cotizantes en relación de
dependencia (sin el grupo familiar)
6.258.447 6.310.198 + 0,82%
Nº Monotributistas (que no incluyen a monotributistas que además tienen Aportes en Relación de Dependencia) 1.672.814 1.770.203 + 5,80% Aportes en Relación de Dependencia)

Elaboración Propia según datos Boletines de la Seguridad Social. AFIP

  Año 2017 Variación anual
Ingreso Promedio por Beneficiario $ 922.39 + 24,57%
Ingreso por Jubilado (Subsidio automático o nominativo) $ 650 0,00%
Ingreso por Monotributista $ 419 0,00%


Por ello creemos que “el principio solidario está con respiración asistida”.
Adicionalmente a lo mencionado, existen otras circunstancias relacionadas directamente con la oferta: la tecnología sanitaria con sus avances explica entre el 33 y el 50% del incremento del gasto en salud en las mediciones realizadas por economistas citados por la Deusto Business School Health.
El aumento de la prevalencia de enfermedades crónicas, sus complicaciones y los nuevos medicamentos innovadores de muy alto costo para enfermedades poco frecuentes, generan expectativas comprensibles en la población. Estas combinaciones de factores completan un cuadro de demandas complejas de satisfacer, en un escenario en que el costo del PMO superó claramente a la inflación del 2017 (30.7%).
Para que el principio de “Equidad” fundacional del Sistema sea una realidad en estos casos, la ley prevé que el Fondo Solidario de Redistribución (que es financiado exclusivamente por los aportes de los trabajadores y contribuciones de los empleadores) funcione correcta y oportunamente.
No puede existir el principio de Equidad (entre otras causas):

  • Cuando el FSR no recibe y / o no distribuye en tiempo y forma los recursos genuinos que corresponden.

  • Cuando la judicialización entra en el escenario de la salud para dar respuestas que deben ser competencia de expertos en tecnología sanitaria.

  • Cuando el traslado en aviones sanitarios sigue siendo muchas veces la única opción en un país de gran extensión como el nuestro con desigual infraestructura y complejidad sanitaria.

  • Cuando la cobertura de una tecnología o un medicamento prevalece sobre la Prevención y la Gestión de la enfermedad.


(*) Gerente Planeamiento OSUTHGRA. Director del Policlínico Central de OSUOMRA. Miembro del Instituto de Investigación Sanitaria de la Seguridad Social. 

 

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