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En noviembre de 2017, en el Nº 101 de esta Revista,
reseñábamos la actuación de las aseguradoras del riesgo
de RC Médica Individual e Institucional, desde 1980
describiendo creo con minuciosidad, las tareas, que cada
una de ellas desarrolla en la Argentina. Proponíamos
también, tener todas una participación un poco más
activa y conjunta en y con la Comunidad Médica, en el
apoyo y promoción de políticas de mejora de la calidad y
eficiencia de la prestación, utilizando para ello, entre
otras cosas, la voluminosa base de datos que sobre
motivos de reclamos y análisis de técnicas y conductas
humanas las aseguradoras de mala práctica médica venimos
acumulando desde fines de los años ochenta del siglo
pasado hasta la actualidad.
Mientras aguardamos expectantes –técnica que aprendimos
de los médicos– y optimistas una respuesta, se nos
ocurre preguntarnos ahora, si pese a los esfuerzos
comunes tanto de la Comunidad Médica cuanto de la
Aseguradora, y la actual existencia de leyes nacionales
dictadas en el mencionado lapso, en consecuencia, de los
actos médicos, y sobre los derechos y obligaciones de
médicos, establecimientos asistenciales y pacientes, los
reclamos por Responsabilidad Civil Médica, ¿han
decrecido?
Infelizmente deberemos decir que no.
No quiero ponerme ni demasiado técnico –con mucho
lenguaje jurídico– ni machacón, marcando defectos.
Muy por el contrario, pero, pese a los esfuerzos, la
frecuencia de los reclamos y la severidad de los montos
de las demandas y de las condenas, se han incrementado.
¿Por qué? En primer lugar, persiste una mala
comunicación entre los médicos y en general todas las
personas involucradas en el cuidado de la salud, y los
pacientes.
Sabido es que la carga de información que reciben las
personas a través de los medios de comunicación no sólo
es profusa, sino además excesivamente optimista. La
muerte se ha transformado en una enfermedad de la que
parece que todos podemos ser curados con facilidad. Los
resultados inesperados y mal informados previamente como
posibles continúan siendo una fuente inagotable de
reclamos, independientemente de que dichos reclamos sean
tanto desde el punto de vista médico, cuanto desde el
jurídico, verdaderamente fundados o infundados.
Actualmente, la percepción del riesgo en el Cuidado de
la Salud se caracteriza a la vez por una sensibilidad
exacerbada y por una aparente irracionalidad frente a un
resultado inesperado. Esta cuestión que ocurre entre la
gente continúa no siendo bien entendida por los médicos.
Es así como un riesgo es más aceptable cuando es elegido
voluntariamente –por haber sido informada la posibilidad
de la ocurrencia– y no simplemente soportado, sobre todo
cuando el individuo tiene el sentimiento de que pudo
haber sido evitado, aplicando un mecanismo que tal vez
se base en una afirmación voluntarista, o inducida sin
demasiado fundamento, en la existencia de una capacidad
individual para controlar ese riesgo.
Cabe señalar entonces que, aunque la morbimortalidad
relacionada con los riesgos ya experimentados nunca ha
sido baja, la sociedad contemporánea es percibida como
más peligrosa que las anteriores. Esa percepción se debe
traducir en una demanda de esfuerzos suplementarios para
reducir los riesgos, que continúa siendo poco entendida
por los médicos. Los profesionales en general debemos
poner un “plus” en nuestra actuación. Es lo que la gente
espera de nosotros. Tanto de los médicos cuanto de los
abogados, y de los arquitectos, y de los contadores. En
general de todos aquellos en los que nuestra obligación
es mayor, porque supuestamente más sabemos de una
determinada cuestión.
También hay que puntualizar que, aunque todavía el nivel
de riesgo del sistema de salud sea visto como elevado en
lo que se refiere a ciertos temas, la aceptabilidad de
la población es particularmente reducida y la presión
del público y de los medios, muy fuerte (sangre
contaminada, infecciones hospitalarias, daños cerebrales
irreversibles por déficit de atención en el momento del
parto, errores de diagnóstico, errores de medicación,
emergencias domiciliarias, cirugías plásticas
embellecedoras, entre otros). Esa presión provoca
consecuentemente una reacción de los actores políticos
que inician acciones legales, técnicas y a nivel de la
organización.
A partir de la Nueva Constitución Nacional, 1994, y de
las modificaciones que el actual Derecho de Daños ha
sufrido, la responsabilidad profesional, y en particular
la de los médicos y las Instituciones médicas se ven
impactadas por ese fenómeno, que no sé si quienes
integran la comunidad médica lo han advertido.
En consecuencia, nuevas situaciones de origen netamente
legal, tales como la Ley de Derechos de los Pacientes,
Historia Clínica, Consentimiento Informado y Voluntades
Anticipadas, la Ley de Habeas Data, la Ley de Defensa de
los Derechos del Consumidor y varias más, son hoy en día
fuente permanente de reclamos o bien utilizadas por los
jueces en sus sentencias cuando llega el momento de las
condenas. Los jueces a veces lo hacen, aunque quien
demande no lo haya pedido.
También se nos ocurre preguntarnos si dentro de la
Comunidad Médica existirán otros interrogantes tales
como: ¿los montos de los reclamos ahora son menores a
los de hace unos años?
Y otra inquietud que tenemos es: ¿sabrán los médicos
cuánto dura un juicio civil, un proceso penal, y como
consecuencia de ello cómo deberían proceder al contratar
las sumas aseguradas de sus pólizas, para verdaderamente
tratar de mantener indemne su patrimonio?
Y las Compañías de Seguros, ¿deberían negarse a brindar
cobertura asegurativa cuando las sumas aseguradas
solicitadas por sus asegurados, médicos o instituciones
médicas están muy por debajo de la media de condena más
sus intereses, atento recientes fallos donde se les
achaca a los aseguradores insuficiencia de
asesoramiento?
¿Cuáles son las principales razones por las que se llega
a una demanda contra un médico? Siempre es “la Industria
del Juicio”, o la “Litigiosidad Indebida” o hay razones
valederas.
¿Cuáles son las zonas geográficas donde la frecuencia y
la severidad de las demandas es mayor?
¿Hay abogados que se dedican a demandar sólo por
determinados hechos médicos que pueden ser reprochados?
¿Es decir, ya existen abogados especializados para
reclamos específicos?
¿Los médicos legistas asesoran sólo a médicos, sólo a
pacientes o a cualquiera que les pida sus servicios?
¿Hay Camaristas que se basan más en la Medicina que en
el derecho para fallar o viceversa?
¿Son más demandantes los hombres que las mujeres?
¿Los médicos saben diferenciar una Mediación de un
Juicio?
¿Qué les preocupa más, la causa penal o el proceso
civil?
¿Cuáles son los servicios que espera un médico de un
Asegurador?
¿Por qué las Obras Sociales no tienen seguro?
¿Puede haber fraude en los reclamos de mala praxis?
Las sumas aseguradas que los médicos y las Instituciones
contratan alcanzan en caso de ser condenados y después
de 10 años de juicio, para pagar la sentencia, ¿o deben
poner dinero de su bolsillo?
¿Los médicos saben lo que tienen que hacer para no ser
demandados?
¿Las pólizas de seguros de praxis médica, tienen
limitaciones en la cobertura?
¿Sabrán los médicos que según como estén organizados
para trabajar, los pueden demandar por la Ley de Defensa
del Consumidor?
Cuenta la leyenda que llegó un momento en el Viejo
Mundo, que el Imperio romano era tan grande, que todos
los caminos conducían a Roma. La gente sólo tenía que
preguntar cuál de ellos los llevaba.
Se me ocurre pensar en que si tuviéramos la oportunidad
de darles algunas respuestas a todos los interrogantes
–caminos– que imaginamos deberían tener los médicos,
podría tratar de alcanzarse con mayor celeridad una
reducción de los reclamos por mala práctica médica,
comúnmente denominada “mala praxis”.
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