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En los últimos tiempos, y más aun con las idas y vueltas
respecto de la vacuna contra el virus
SARS-CoV-2 y el derecho de patente, comercialización y
precio, se ha intensificado el debate respecto del
verdadero costo de las innovaciones bajo condición de
monopolio a nivel mundial. El mercado sanitario viene
sumando argumentos respecto a que el sistema de
regulación de la propiedad intelectual para productos
farmacéuticos debería reexaminarse, como una forma de
enfrentar los precios artificialmente elevados que fijan
los innovadores. Por ejemplo, una cuestión clave en las
barreras a la competencia surge de la astucia de la
industria para ganar patentes adicionales, que le
otorgue un plus de años de protección contra la
competencia, incluso cuando las moléculas ya no
constituyen innovación real en su composición, sino en
su uso o aplicación. Por ejemplo, los 12 productos más
vendidos en 2017 recibieron 71 patentes en promedio. Y
cuando se analiza el tiempo desde que se presentaron las
solicitudes de ampliación de patente, la protección
promedio llegaba a extenderse a casi 38 años. Tal lo
ocurrido con la pregabalina, que Pfizer comercializa
bajo el nombre de fantasía de Lyrica°. La empresa obtuvo
68 patentes de uso, lo que le permitirá frustrar la
aparición de rivales genéricos durante un período de al
menos 20 años. Y dispone de una nueva formulación de
liberación controlada, que modifica la dosis de dos o
tres comprimidos a sólo uno/día, lo que estiraría la
patente hasta 2038.
Aquí se esconde una trampa. Si bien la nueva formulación
puede ser una mejora en términos de utilidad si favorece
la adhesión del paciente, esto no representa una
invención. Quizás apenas una innovación de
administración. O eufemísticamente, un retoque. Pero se
le termina otorgando condición de monopolio por algo que
no es científicamente nuevo. Esto habla de la necesidad
de una profunda revisión del sistema de patentes. Porque
se otorgan demasiados beneficios por cuestiones que no
son invenciones genuinas, y en cambio las empresas las
utilizan artificialmente como estrategias defensivas. De
esta forma se logran construir barreras de patentes
generando “evergreens” que logran su objetivo de
retrasar el desafío del genérico. La industria argumenta
que el régimen de protección de patentes representa el
incentivo principal de la innovación científica. Y que
cualquier otra alternativa que debilite los derechos de
patente diluirá dicho incentivo para invertir en el
descubrimiento y desarrollo de nuevas moléculas. Aunque,
por cierto, el ritmo de descubrimiento de nuevas
patentes químicas se ha reducido significativamente
desde 2014, con lo cual la mirada de las empresas
privilegia la biotecnología, un tema político candente
en EE. UU. por el impacto en los precios que su ingreso
al mercado sanitario ha traído aparejado.
Quizás el desafío mayor del efecto de las patentes sobre
el gasto en medicamentos resida a futuro en la banda de
oncológicas y tratamientos especiales. Las ventas en
terapia oncológica en EE. UU. se han duplicado desde
2012 -hasta superar los u$s 50 billones en 2019-
resultado de la avalancha de entrada al mercado de
nuevas moléculas -especialmente biotech- a precios
astronómicos, favorecidas por el nuevo procedimiento
fast track incorporado por la FDA. En realidad, esto
puede ser el comienzo de una escalada de costos que ya
en 2017 había aumentado a u$s 122 billones y se estima
podría llegar a alcanzar los u$s 160 billones en el año
2022, favorecido por una concentración del uso de
ciertas moléculas. Por ejemplo, los 35 medicamentos más
efectivos del área oncológica representan el 80 por
ciento del gasto mundial total en tal segmento
terapéutico. Y cerca de 63 productos aprobados para
tratar 24 tipos diferentes de tumores se han incorporado
en los últimos años al mercado farmacéutico. Por otra
parte, se evidencia el peso relativo que han adquirido
ciertos tratamientos más sofisticados, centrados en el
uso de células y anticuerpos modificados y provenientes
del propio sistema inmune del organismo, que permiten
atacar los tumores en forma selectiva.
En la última década, varias BigPharma -entre ellas Bayer,
Johnson&Johnson, Merck y Bristol-Myers Squibb- han
centrado sus esfuerzos en investigar y desarrollar la
tecnología CRISPR-Cas9, capaz de modificar o corregir
directamente los cambios asociados a una enfermedad cuya
génesis reside subyacente en el genoma. Las primeras
patentes genéticas fueron emitidas por autorización del
Tribunal Supremo de EE. UU. en 1982, abriendo la puerta
a las nuevas biotecnológicas. Desde entonces, el centro
del debate sobre las mismas ha sido si el descubrimiento
de un gen o secuencia de ADN puede o no elevarse al
nivel de invención, condición requerida por el Título 35
del Código de los Estados Unidos que estipula los
criterios a satisfacerse para que se otorgue una
patente. Pero más allá de discusiones biológicas,
éticas, filosóficas y legales respecto de la cuestión
natural de los genes y la controversia de querer
mostrarlos como invención e innovación - por lo tanto,
pasible de reclamaciones sobre patentes - se estima que
una quinta parte del genoma humano ya ha quedado sujeto
a las mismas.
En Estados Unidos, un juez falló en 2010 a favor de los
demandantes y en contra de laboratorio Myriad Genetics,
determinando que los genes BRCA1 y BRCA2 del cáncer de
mama eran productos de la naturaleza y, por ende, no
eran material patentable. El fallo enfatizó el punto
importante de que es la información codificada en un gen
(un producto de la naturaleza), y no sólo la estructura
molecular que lo hace valioso para el posible titular de
la patente. Después de un sinfín de apelaciones, el
Tribunal Supremo determinó que el ADNc, una molécula
sintética de ADN que contiene solamente los exones de un
gen, sí incluye un paso inventivo. Y, por ende, continúa
reuniendo las condiciones para patente.
Las BigPharma sostienen que la innovación no se detiene
cuando la FDA da aprobación para la comercialización e
ingreso al mercado de una molécula innovadora, sino que
ésta puede continuar mucho tiempo después adoptando
múltiples facetas en la mejora de la calidad de vida de
los pacientes. Esta es la razón por la cual los
investigadores también diversifican su trabajo para
descubrir otros avances, tales como el uso ampliado de
dicho medicamento, nuevas formas de dosificación o bien
sistemas de administración alternativos. Mientras tanto,
procuran obtener nuevas patentes para retrasar la
competencia. Tal lo ocurrido con una demanda presentada
por AbbVie, buscando evitar que Boehringer Ingelheim
comercializara una versión biosimilar de su monoclonal
para la artritis reumatoide adalimumab (Humira°). Desde
su ingreso al mercado en 2002, Humira° obtuvo 132
patentes de uso, bloqueando sistemáticamente a sus
rivales durante 17 años. Paralelamente, AbbVie aumentó
su precio desde 2016 en alrededor del 126%, lo que le
permitió generar en 2018 casi u$s 20 billones en ventas
a nivel mundial. Para AbbVie resulta estratégico que sus
moléculas estén protegidas por una gran cantidad de
patentes, muchas de las cuales no caducan hasta 2022.
Lejos de amilanarse, Boehringer Ingelheim acusó a AbbVie
de “dirty hands”, una referencia a comportamientos
desfavorables como perseguir patentes superpuestas y no
inventivas. O pagar a un rival, sea genérico o
biosimilar, para resolver una demanda de patente y de
esa forma retrasar su lanzamiento. AbbVie logró acuerdos
de este tipo con Amgen y Samsung Bioepis para resolver
litigios de patentes también con el adalimumab, tras lo
cual ambas compañías acordaron no lanzar al mercado sus
biosimilares hasta el año 2023 luego de lo cual pasarían
a pagar las regalías correspondientes. En 2019, AbbVie
consiguió finalmente mediante un acuerdo de mercado que
también Boehringer postergara hasta 2023 el lanzamiento
del biosimilar. Al confiar en estas prácticas para crear
artificialmente una suerte de “matorral” de barreras
legales y comerciales, AbbVie impidió directamente a sus
competidores tener la posibilidad de comercializar
versiones biosimilares de idéntica efectividad y evitó
el efecto competitivo del menor precio.
Así como están hoy planteadas, las patentes se tornan un
obstáculo para el ejercicio del Derecho a la Salud
respecto de un bien como el medicamento que en muchas
ocasiones se transforma en inaccesible para sus
potenciales beneficiarios: los pacientes. Resulta cada
vez más apremiante revisar las cuestiones derivadas de
la propiedad intelectual y su aplicación especulativa,
toda vez que no puede constituirse en una limitación a
las políticas nacionales e internacionales en materia de
favorecer accesibilidad a los medicamentos.
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(*) Titular de Análisis de Mercados de Salud. Universidad ISALUD. |
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