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Cuando el Canciller Otón Bismarck estableció la
Seguridad Social (SeS) en el imperio prusiano de 1883,
procuró instalar un régimen obligatorio estatal, que
superara a las entidades mutuales voluntarias,
existentes entre los trabajadores industriales.
Esa decisión no era ajena a la preocupación por el
creciente movimiento comunista, que se extendía por
Europa, donde los países más industrializados
-Inglaterra y Alemania- constituían el objetivo
prioritario para iniciar la dictadura del proletariado,
en lugar de una extensa monarquía agraria, como la rusa.
Asignar un modelo universal y compulsivo de protección
social, implicaba un gran desafío para la estabilidad de
la incipiente revolución industrial. Bismark cuidó
ciertos factores de equilibrio: limitar la cobertura a
los riesgos del trabajo, así como prever aportes de los
trabajadores, de los empleadores y eventual apoyo del
Estado, a fin de dotarlo de estabilidad actuarial.
En su evolución posterior, el sistema se extendería a
una completa universalidad, incorporando a los
familiares, a los trabajadores sin relación de
dependencia y a todos los riesgos de enfermar, no sólo a
los derivados de la actividad laboral. Pero en su
formulación inicial ya se consideraba la sustentabilidad
financiera del régimen.
La historia del modelo argentino fue muy diferente.
Comenzó con organizaciones solidarias no estatales, de
carácter mutual voluntario para los trabajadores
inmigrantes, agrupados por nacionalidad de origen.
Al calor de la industrialización (décadas del 20, 30 y
40), se fueron reagrupando por rama de la producción,
lideradas por los obreros más activos -principalmente
socialistas y anarquistas-, con el propósito de brindar
una atención más digna a sus camaradas, que la
proporcionada por los hospitales públicos, administrados
por entidades benéficas. Estos dirigentes sindicales con
vocación mutual fueron los que desde 1943 adhirieron a
la gestión del coronel Perón, en la Secretaría de
Trabajo y Previsión.
Perón impulsó una modalidad de negociación directa entre
trabajadores y empresarios, tutelada por el Estado, a
efectos de evitar la judicialización de los conflictos
laborales, a través de los Convenios Colectivos de
Trabajo de la ley 14.250. Pero además incorporó a esos
convenios la administración formal de las mutuales por
los respectivos sindicatos, con lo que dejaron de ser
voluntarias para adquirir carácter obligatorio.
Desde 1970, estas organizaciones fueron obligatorias
para todos los trabajadores en relación de dependencia,
y pasaron a denominarse obras sociales (OS’s),
constituyendo así un modelo de SeS fragmentado, de
origen no estatal, que alcanzó a proteger casi las 3/4
partes de la población.
Desde el comienzo, las mutuales buscaron reemplazar al
Estado en la protección de sus afiliados, por lo que sus
propósitos -sin considerar su viabilidad financiera-
aspiraban a brindar una cobertura integral, incluyendo
beneficios sociales (colonias de vacaciones,
proveedurías, clubes deportivos).
De manera que los principios que las guiaban eran de
naturaleza asistencial y solidaria. Este modelo -con
serias dificultades- se mantuvo hasta principios de la
década del 90, en que fue configurándose como un seguro
de distribución de riesgos sanitarios.
En esta condición, se acortaron sus diferencias con las
empresas de medicina prepaga (EMP’s), que proveían
cobertura casi integral -con servicios y hotelería de
alta gama- y venían creciendo desde fines de la década
del 60. Tal panorama permitió que el FMI, preocupado por
la magnitud del gasto social, propusiera que las EMP’s
se integraran a la SeS en forma competitiva, en un
proceso que se calificó como desregulación de OS’s. Al
mismo tiempo el Estado obligó a las EMP’s a que
cubrieran el Programa Médico Obligatorio (PMO), como ya
lo hacían las OS’s.
El impulso de esta decisión generó diversos conflictos y
contramarchas, pero desembocó en que una gran parte de
las OS’s, tercerizaran a través de EMP’s, la atención de
sus beneficiarios de mayor poder adquisitivo.
Las OS’s resignaron así sus principios solidarios, los
dirigentes sindicales se involucraron más estrechamente
en instituciones gerenciales de la medicina privada y,
el componente privado del sistema de salud pasó a ocupar
en conjunto el 60% del total.
Actualmente recaudan, administran la red de servicios,
invierten en servicios propios y no cumplen con la
separación legal entre sindicato, obra social y
servicios propios, como establece la ley.
Por otro lado, los gobiernos provinciales administran
los servicios públicos con escasos recursos
presupuestarios, bajo rendimiento, funcionando a pleno
media jornada, y con fuerte influencia de los gremios
del sector.
Los gobernadores no han mostrado en general capacidad de
gestión, para reconvertir los servicios públicos en
empresas de servicios más eficientes, que se incorporen
al régimen de SeS para acceder a otras fuentes de
financiamiento. Los dirigentes electivos de cada
jurisdicción (gobernadores, e incluso el Presidente), se
esmeraron en reservarse el control de la OS provincial y
del PAMI, respectivamente.
Con el enorme crecimiento de los empleos estatales y la
incorporación de beneficiarios no contributivos al
sistema previsional, esas OS’s extendieron la cobertura
a más del 25% de la población. Los fondos que ahora
financian el sistema, con los mismos rasgos, los
integran los recursos de las OS’s sindicales, las EMP’s,
las OS’s provinciales, el PAMI y los presupuestos
asignados a los servicios públicos.
La dispersión de fuentes de financiamiento y de
contralor, la combinación de las funciones de cobertura
y de prestación de servicios, en la que se empeñan todos
los actores del sistema, contribuyen a favorecer la
corrupción y las dificultades para conducirlo. Ninguno
de los protagonistas tiene poder suficiente para
introducir reformas trascendentes.
Por el contrario, un factor esencial que ha permitido la
mayor eficiencia de los modelos sanitarios más
equitativos es la clara separación entre las actividades
de financiamiento y de prestación de servicios.
Unos se tienen que ocupar del equilibrio actuarial de la
cobertura; los otros de racionalizar la organización
asistencial, mejorando su calidad y la seguridad de los
pacientes. Estamos muy lejos de esa preocupación: unos y
otros procuran equilibrar los negocios internos de sus
entidades, y aprovechar las oportunidades en beneficio
individual.
En síntesis, el enfoque general del sistema partió de
una visión asistencialista: hospitales públicos
administrados por entidades benéficas, organizaciones
solidarias de trabajadores y empresas privadas
proveedoras de seguros médicos, con atención más
personalizada.
A lo largo del Siglo XX, se fue configurando un modelo
de aseguramiento de riesgos, sin que el Estado tuviera
una línea directriz que orientara esa evolución. Sin
admitir que la SeS es una modalidad particular de
aseguramiento, distinta de los seguros de bienes
materiales, porque no sólo asegura los riesgos de la
salud, sino también provee la red de servicios que
podrán resolverlos. Pero para financiar los daños, deben
definirse claramente los riesgos que habrá que
distribuir, la tasa de siniestralidad previsible y las
fuentes de financiamiento que habrán de cubrir los
beneficios comprometidos, con el fin de lograr el
equilibrio actuarial del sistema.
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(*)
Médico sanitarista.
Miembro del Grupo PAIS. Autor de “Un sistema de
salud de más calidad” (Prometeo, 2020). Director de
la Maestría en Salud Pública, Instituto
Universitario de Ciencias de la Salud - Fundación
Barceló. |
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