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Hay dos problemas principales que limitan el
acceso a los medicamentos y la tecnología médica. Uno de ellos
es que son muy caros, aunque el costo para producirlos sea tan
sólo una reacción de ese precio. Segundo, el desarrollo de
medicamentos y las tecnologías están orientados a obtener el
máximo beneficio económico, no social (Joseph Stiglitz 2012).
Después de un diagnóstico preciso, el acceso a los recientemente
aprobados medicamentos o tecnologías puede convertirse en una
barrera importante para la adecuada gestión como resultado de
costos exorbitantes con precios de lista que van desde valores
que superan el propio gasto en medicamentos del financiador al
año por paciente.
Debido a que estos agentes se recetan durante la vida del mismo,
el costo dictará el acceso y desproporcionadamente afectará a
aquellos que tienen seguro insuficiente o que tienen ingresos
fijos y grandes copagos. Al mismo tiempo, no está claro si un
medicamento genérico económico alternativo, puede tener un
impacto favorable en los resultados médicos y servir como una
alternativa razonable tanto para los ensayos de eficacia
comparativa como para la práctica clínica (Lohrmann G 2019).
Voy a centrarme en los medicamentos de alto costo, con
indicación, advirtiendo que cualquier similitud con la realidad
es pura casualidad. Muchos son los excelentes trabajos sobre
enfermedades catastróficas y de agencias de tecnología sanitaria
sobre los que hemos sido formados (Tobar y Col. 2015 -
Actualidad).
Un excelente trabajo emite una serie de recomendaciones
fundamentales… “Promover acciones para que los ciudadanos que
conozcan sus derechos sobre cobertura sanitaria, para que los
profesionales conozcan los precios de los productos indicados,
sabiendo que hay drogas activas más económicas y por parte de
las autoridades competentes para el cumplimiento de normas
vigentes…” cito textual a (Ricardo Lara 2015).
La probabilidad de los prescriptores sobre el desconocimiento de
principios activos de menor costo en el mercado farmacéutico, o
el intenso marketing por parte de los productores del
medicamento para la captación del mercado del producto por
marca.
Es aquí donde debería aplicarse el concepto mencionado en la
bibliografía precedente sobre la minimización del costo. El
análisis es bastante sencillo. Con dos opciones de tratamiento
farmacológico, cuando ambos son igualmente efectivos, se elige
el que cuesta menos. Esto es particularmente importante en
comunidades donde la financiación médica es muy limitada.
El análisis de costo-utilidad se centra en la esperanza de vida
y la calidad de vida cuantificadas en años de vida ajustados por
calidad (AVAC). En tal análisis, se asigna un valor monetario
por un AVAC. Luego, a la terapia con medicamentos se le asigna
un costo y se determina si esto aumenta el AVAC de una persona.
Algunos medicamentos pueden ser beneficiosos a corto plazo, pero
en realidad no aumentan la duración ni la calidad de vida de un
paciente. Otros medicamentos no parecen tan efectivos a corto
plazo, pero pueden aumentar el AVAC de una persona a largo plazo
(Spiegato 2022).
Y en la Evaluación de Tecnologías Sanitarias surge un análisis
de la efectividad clínica, costo-efectividad e impacto
presupuestario desde la perspectiva de la seguridad social en la
Argentina (Lifschitz, Catalano y Col. 2019).
La ausencia de una Agencia Nacional en nuestro país y su
contexto llevan a que el acceso fuere una barrera en este caso
económica. Y aquí tomo una frase… “Solo sirven las conquistas
científicas sobre la salud si éstas son accesibles al pueblo…” o
“De nada sirven las conquistas de la técnica médica si ésta no
puede llegar al pueblo por los medios adecuados” (Ramón Carrillo
1946-1952).
Surge entonces el concepto del amparo judicial. Como nos dice
Federico Tobar en un prólogo y nuevamente cito textual… “El
trabajo titulado… El amparo judicial como instrumento de
ampliación del PMO - El Estado nacional como garante de la
salud” emprende una exploración tan necesaria como difícil.
“Porque no disponemos aún de un marco teórico referencial que
ilumine indagaciones como esta. Es que hay un nuevo fenómeno
sociopolítico: en el legítimo ejercicio de sus funciones los
jueces detentan, cada vez, mayor poder decisorio en el ámbito
sanitario”. Es en esta tesis donde se busca como medio y
estrategia elaborar una metodología para morigerar estas
situaciones que evite la judicialización de estos casos (María
Teresa Bürgin Drago - 2013).
Esperemos que la nueva integración propuesta del sistema
sanitario tenga presente en su Gobernanza este tema por ejemplo
y cito textual… “La armonización de planes de beneficios de
salud (abordaje de problemas ligados a la composición actual del
PMO -judicialización vinculada al acceso a las prestaciones
médicas asistenciales, desfinanciamiento, etc.” (Ministerio de
Salud - 2022).
Para el final nos sorprendemos al leer de un investigador
principal de otro país del cual prefiero abstener su nombre
cuando cuestiona al productor del fármaco por su costo dado que
el productor aduce que el alto valor del mismo es por su valor
de desarrollo y quien lo desarrolla menciona que con el riesgo
de perder el trabajo el costo debería ser diez veces menor (SIC
- 2022) y vuelvo a citar textualmente… “Después de un
diagnóstico preciso, acceso aprobado recientemente los
medicamentos pueden convertirse en una barrera importante para
la apropiación gestión como resultado de costes exorbitantes con
precios de lista que van desde U$S 225,000 a U$S 450,000 al año
por paciente.” (Hauptman, Jonathan, Maurer, American Journal of
Medicine, August 2020).
Por el beneficio de nuestra salud que estos problemas se
solucionen, lo que es más que un deseo, es una necesidad de
consenso.
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