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Desde hace algunas décadas, muchos de los países de nuestra
región vienen intentando modificaciones en sus sistemas de salud
a fin de superar los graves problemas de fragmentación y
segmentación que poseen. Entre otros, estos sistemas
fragmentados y segmentados producen una alta inequidad en el
acceso de grandes sectores de sus poblaciones. Se describen todo
tipo de barreras de accesibilidad como: económicas (grandes
diferencias al acceso entre población con diferentes niveles
socioeconómicos), por tipo de cobertura, geográficas (áreas
rurales versus urbanas) culturales (población originaria),
insuficiente oferta en zonas alejadas, otros.
Muchas de estas modificaciones o reformas fueron en el sentido
de intentar unificar la financiación de los sistemas, a fin de
avanzar hacia sistemas más integrados desde la macro gestión. Se
intenta de esta manera generar pocas cajas financiadoras del
sistema incrementando así su poder de negociación, la
coordinación del sistema, lograr mayor eficiencia y disminuir la
inequidad al acceso. En nuestro país esta estrategia tuvo su
máxima expresión en los intentos fallidos del SNIS y del Seguro
Nacional de Salud.
Otros cambios realizados avanzaron en el camino de superar la
fragmentación y segmentación a través de las prestaciones de
servicios, esto es desde una óptica de la micro gestión. En este
sentido se intentaron introducir paquetes o canastas de
prestaciones o servicios denominados también planes de
beneficios obligatorios para todos los financiadores del
sistema. En nuestro país una experiencia de este tipo se inició
en los ´90 con la implementación del Programa Médico Obligatorio
(PMO) que representa el paquete de prestaciones que
obligatoriamente deben proveer las OOSS nacionales y prepagas
médicas, quedando afuera de esto el sector público y las OOSS
provinciales y el PAMI.
ALGUNOS EJEMPLOS DE REFORMAS EN
LOS PAÍSES DE LA REGIÓN
En al menos tres países de América Latina observamos la
combinación de estas dos estrategias: Colombia, Chile y Uruguay.
En el caso de Colombia a partir de la ley 100 aprobada en 1993
se creó el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)
unificando las cajas de financiamiento en dos esquemas de
aseguramiento para toda la población: el régimen contributivo
para los trabajadores en relación de dependencia y el régimen
subsidiado para la población sin capacidad de pago y del sector
informal. Se estableció además un Plan de Beneficios Obligatorio
(POS) que ambas aseguradoras debían garantizar. Al principio,
cada régimen tenía un POS distinto (POS-C para el régimen
contributivo y POS-S para el régimen subsidiado), pero a fin de
superar las inequidades que esto traía, desde el año 2012, los
planes de ambos regímenes son iguales.
Chile realizó reformas desde la macro a inicios de los años
ochenta que cambiaron la estructura y funcionamiento del sector
salud. Entre los principales cambios se encuentran la creación
del Fondo Nacional de Salud; del Sistema Nacional de Servicios
de Salud; de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE); y
el proceso de municipalización de la atención primaria.
También, en 2005, Chile implementó el plan de Garantías
Explícitas de Salud (GES) o también denominado plan de Acceso
Universal a Garantías Explícitas (AUGE) que consiste en un plan
de beneficios de salud obligatorio. De implementación
progresiva, el GES cubre hoy unas 85 patologías priorizadas de
acuerdo con diversos criterios que aplican tanto para el Fonasa
(alrededor del 80% de la población nacional), así como los
asegurados de las instituciones de salud previsional (ISAPRES),
entidades privadas que cubren a cerca del 17% de los chilenos.
La cobertura de salud que obtienen los asegurados de Fonasa e
ISAPRES no está limitada a los contenidos del AUGE. Si los
asegurados padecen de alguna patología no incluida en el GES,
pueden de todos modos obtener cobertura a través del llamado
“plan complementario”.
Por su parte Uruguay inició su reforma a partir de 2005
integrando su sistema fragmentado y segmentado en el Sistema
Nacional Integrado de Salud (SNIS), el cual se aprobó y creó
finalmente por la ley 18211 (creación del SNIS) en diciembre de
2007.
Un año después se establece el PIAS, Plan Integral de Atención a
la Salud, un plan de beneficios obligatorio que deben cumplir
todas las instituciones acreditadas como prestadoras integrales
del SNIS, ya sea mediante servicios propios o contratados a
terceros.
¿A QUÉ SE DENOMINA PLAN DE
BENEFICIOS?
Existen innumerables definiciones de Planes de Beneficios,
también conocidos como Paquete o Canasta de Servicios o de
Prestaciones. En un informe realizado por el BID denominado
“Planes de beneficios en salud de América Latina” del año 2014
se recopilan diferentes definiciones y acepciones.
Según ese informe algunos autores resaltan la importancia de que
el conjunto de servicios que se consideran prioritarios debe
estar cubierto por un esquema de aseguramiento obligatorio o por
los sistemas nacionales de salud financiados con recursos
públicos y deben ser decididos por la sociedad (Tarim, 1997).
Otros subrayan que se trata de un subconjunto de todas las
intervenciones que serían posible proveer con el desarrollo de
la tecnología médica actual y que las intervenciones
seleccionadas no son escogidas al azar, sino que son el
resultado de un proceso de priorización que busca lograr ciertos
objetivos técnicos y sociales específicos (Wong y Bitrán, 1999).
También algunas definiciones destacan la importancia de definir
las categorías de servicios financiados, es decir los
tratamientos y servicios que se definen como financiables según
la normativa del sistema de salud según leyes o decretos
preestablecidos, la necesidad de contar con reglas y protocolos
a fin de asegurar un adecuado uso de los servicios definidos y
la explicitación de las limitaciones financieras estableciendo
qué servicios serán brindados de manera gratuita para el
beneficiario o cuáles requerirán un pago y cómo este será
definido (Rumbold, Smith y Alakeson, 2012).
En resumen, dice el informe que un plan de beneficios posee tres
características centrales: primero representa un conjunto mínimo
de garantías explicitas, o sea que deben proveer un mínimo de
servicios que debieran ser garantizados para todas las personas
por razones de equidad. Parte del concepto que ninguna sociedad,
puede financiar todos los servicios de salud de manera ilimitada
para toda la población.
Segundo afirma que deben estar financiados con recursos públicos
que incluyen financiamiento a través de impuestos, pero también
considera el financiamiento a través de aportes de trabajadores
y empleadores. Sin embargo, incluye también al sector privado
cuando está regulado como en los casos de Chile (ISAPRES) o el
PMO de Argentina que incluye a las prepagas.
Finalmente afirma que debe estar vinculado con la necesidad o
preferencia social de la población a ser cubierta. Por eso dice
que no existe un único plan de beneficios idóneo para todos los
países.
MARCO REFERENCIAL PARA UNA
POSIBLE REFORMA EN LA ARGENTINA
Ambas estrategias pueden ser un paso importante para iniciar un
sendero de reformas factibles en nuestro país. La posibilidad de
disminuir la cantidad de financiadores a través de fusiones de
OOSS nacionales o prepagas chicas y establecer un plan de
beneficio único para todos los financiadores, aseguradores y
prestadores sería un buen inicio.
Alrededor de un 20% de las casi 300 OOSS nacionales existentes
cubren a más del 80% de la población en relación de dependencia.
Por otro lado, casi la mitad de las empresas de medicina prepaga
inscriptas son organizaciones sin fines de lucro, muchas de
ellas de tamaño reducido; un 35% corresponde a sociedades
comerciales entre las que se encuentran las más grandes del
sector. Las cinco más grandes, OSDE, Swiss Medical, Galeno,
Sancor y OMINT abarcan más del 70% del mercado.
Por otra parte, la introducción de una canasta de servicios bien
diseñada y obligatoria para todos los financiadores resultaría
una medida complementaria muy adecuada. En este caso las
provincias, OOSS provinciales y el PAMI deberían adherir
específicamente a esto. Para esto último deben estudiarse
diferentes incentivos que favorezcan esta estrategia.
Ambas estrategias coordinadas pueden introducir eficiencia al
sistema y fundamentalmente incrementar la equidad en el acceso.
Se requiere sin embargo de un muy preciso diseño y amplio
consenso para lograr esto. En este caso es de suma importancia
incrementar la rectoría del Ministerio de Salud Nacional.
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(*)
Médico -
Especialista en Salud Pública |
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