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La escuela austriaca de economía a la que
pertenece el presidente electo Javier Milei es un grupo de
fundamentalistas de mercado. Llega al extremo de considerar un
error lo que constituye un gran mérito de la escuela neoclásica
al reconocer las fallas del mercado como aquellas circunstancias
o factores que impiden que los mercados asignen los recursos de
forma eficiente, desafiando los supuestos que subyacen al
equilibrio competitivo, como la competencia perfecta, ausencia
de externalidades o información perfecta.
Pero en el caso del sector salud incluso los neoclásicos han
tenido inconvenientes en describir y analizar el funcionamiento
de los mercados y los aportes realizados por la economía
institucional son efectivos para bajar de la pizarra a la
realidad el comportamiento de los mercados. Los neoclásicos
ignoran los comportamientos oportunistas, los contratos
incompletos, la asimetría informativa y la incidencia de los
derechos de propiedad sobre la eficiencia y esto repercute al
momento de aplicar instrumentos.
El planteo que los lleva a decir que el único y mejor camino
para que un país alcance el desarrollo es el uso del mercado de
manera excluyente, como si fuera un dios que resuelve todo de
manera mágica y automática.
En las palabras del profesor Israel Kirzner: La sociedad está
formada por numerosos individuos. Cada individuo puede ser visto
como independiente en la selección de su programa de metas... y
cada individuo adopta su propio curso de acción para lograr sus
metas. Por lo tanto, no es realista hablar de la sociedad como
una unidad única que busca asignar recursos para reflejar
fielmente “su” jerarquía de objetivos.
La sociedad no tiene una sola mente donde los objetivos de los
diferentes individuos puedan ser clasificados en una sola
escala. A partir de esto, Kirzner llega a la conclusión de que:
“Eficiencia para un sistema social significa la eficiencia con
la que permite a sus miembros individuales alcanzar sus diversos
objetivos”.
Este pensamiento nos lleva a finales del 1800 y mucha agua ha
pasado bajo el puente. Por ejemplo, la revolución industrial, el
desarrollo del capitalismo salvaje, la aparición del comunismo,
dos guerras mundiales, la creación del estado de bienestar y de
mecanismos de protección para las personas sin oportunidades.
Tratemos ahora de interpretar las decisiones económicas que ha
tomado el gobierno en materia de salud a la vista de la
realidad. Resulta claramente visible que no existe ni estrategia
ni rumbo en materia de política de salud pública. El Ministerio
si bien ha mantenido su estatus se encuentra enmarcado en un
silencio que muestra debilidad y cierto grado de improvisación
al momento de ejercer la gobernanza de un sector tan fragmentado
y segmentado.
Cada uno hace lo que mejor le viene en ganas. Las provincias por
su lado, las obras sociales con su estrategia asociada a lo
sindical y muy poco a la salud de los beneficiarios, las
prepagas fluyendo hasta ahora en los intersticios de la
seguridad social y manteniendo su negocio financiero con escasa
o nula innovación en planes de aseguramiento.
Y por supuesto el PAMI haciendo su propio camino, protegiendo
negocios y tratando de no llamar la atención cuando todos nos
preguntamos si no debería existir en un gobierno que se
autoproclama como revolucionario y campeón en la reforma del
Estado.
El pasaje desde un capitalismo de amigos o prebendario, donde el
que está más cerca del gobierno es el que se lleva el beneficio,
hacia un modelo de capitalismo más competitivo exige también
cambios en las autoridades regulatorias. Ya no pueden ni deben
estar para legitimar comportamientos sino por el contrario para
regular y controlar aquellas conductas que se apartan de la sana
competencia o bien que perjudican al consumidor.
Esta nueva configuración exige una Superintendencia de Servicios
de Salud a la altura de esta nueva instancia de competencia
entre obras sociales y prepagas. Mayor solidez técnica para las
exigencias y regulaciones que deben cumplir y una férrea
aplicación de la Ley 23.660 eso es lo que se le exige de mínima
a la autoridad regulatoria.
Pero también un rol más activo de la comisión de defensa de la
competencia custodiando que no se formen cárteles o conductas
del tipo abuso de posición dominante de los que competirán en el
mercado. También Defensa del Consumidor debe estar atenta a que
los clientes/pacientes no sean perjudicados por prácticas de la
oferta que se beneficia de la asimetría informativa.
Es por ello que me quiero detener en el análisis de la
Superintendencia de Servicios de Salud como organismo de
regulación y control de un mercado ampliado que ahora abarca 20
millones de personas.
¿Qué necesitamos para que una agencia regulatoria no sea
capturada por el regulador? En economía cuando se analizan los
fallos del Estado muchas veces nos encontramos con la captura
del regulador ¿Cuándo se produce esta situación? Cuando una
agencia regulatoria, creada para defender el interés general,
actúa en favor de ciertos intereses políticos o grupos de
interés del sector sobre el cual está encargada de regular.
Este concepto fue acuñado por el Nobel de Economía, George
Stigler en los años 70 y es aplicable a las entidades estatales
susceptibles de ser influenciadas por el poder de las empresas u
organizaciones en las que se delegó la administración de los
servicios, que son responsabilidad obligatoria del Estado.
En el caso de la Superintendencia de Servicios de Salud estamos
ante un caso de captura del regulador histórico. Dado que los
sindicatos que conducen las obras sociales son quienes han
participado en la designación de los reguladores con escasa
excepciones.
Siguiendo a Lasheras, M. A. (1) donde nos dice que los fallos en
la regulación eficiente de los servicios públicos podrían
conducir a la economía a una peor situación que la inicial si es
que no se cuenta con un marco regulatorio adecuado.
Recordemos que los precios son las señales en la economía que
indican a los agentes hacia donde deben moverse, así cuando el
gobierno interviene a través del ente regulador, puede crear
incentivos en actividades que no son eficientes, y dichos
incentivos son reflejados por la regulación en los precios.
Han pasado ya 28 años de la creación de la Superintendencia como
agencia reguladora, entiendo que ya estamos en condiciones de
evaluar si se han tenido en cuenta varias características
deseables que debe cumplir esta organización para poder llevar a
cabo con éxito sus propósitos y poder aprender.
La primera tiene que ver con la claridad de los objetivos y de
la consistencia con los objetivos globales de la política. Para
esto es necesario contar con recursos humanos calificados y con
sistemas de incentivos acordes con las funciones desempeñadas.
Igualmente es claro que se requiere infraestructura, recursos
financieros y sistemas modernos de administración que permitan
una operación ágil y oportuna.
La segunda característica con la necesidad de consolidar una
serie de mecanismos externos de control que se fundamenten en
sistemas de información adecuados para conocer las
preocupaciones y problemática de los beneficiarios de la
seguridad social.
Incrementar la transparencia es fundamental por varios motivos:
A. Si los reguladores no están obligados a trabajar con
estándares de transparencia y rendición de cuentas los
resultados de la regulación no serán los mejores.
B. Los cambios necesarios para garantizar la transparencia son
más fáciles de poner en marcha. (2)
Finalmente, es necesario disponer de mecanismos de apelación a
las decisiones de las autoridades reguladoras e instancias que
resuelvan los conflictos que se presentan entre éstas y los
agentes regulados. Para esto, otorgar independencia se ha
convertido en uno de los aspectos más influyentes en el proceso.
Comúnmente se han formulado varias acciones que le garantizan al
regulador un grado ideal de independencia, entre ellas, el
otorgamiento de facultades exclusivas en determinadas
decisiones, la disponibilidad de presupuesto propio, la
existencia de estatutos laborales flexibles, el establecimiento
de mecanismos especiales de designación, permanencia y remoción
de los reguladores, y la imposición de inhabilidades a los
reguladores para el desempeño de ciertos cargos.
La Superintendencia tiene un largo camino para recorrer teniendo
en cuenta los cambios que se avecinan y la dinámica de la
seguridad social que ahora deberá competir con las empresas de
medicina prepaga. Si no fue capaz durante todos estos años de
sancionar y establecer las reglas de juego con las obras
sociales como lo podrá hacer con también contando con la
regulación de la medicina prepaga.
Tiene que estar al servicio de los beneficiarios de las obras
sociales y de las empresas de medicina prepaga, tiene que
estudiar, auditar y monitorear el funcionamiento de los entes,
tiene que compensar y equilibrar, pero también debe sancionar e
incluso disolver obras sociales y prepagas cuando las mismas
incumplan las decisiones. No puede ser un órgano que oculta o
edulcora las ineficiencias y corruptelas que se puedan plantear
dentro del sector. Esta para hacer cumplir las reglas de juego y
esto son las leyes votadas en este caso la 23.660 y su
legislación complementaria.
Los conflictos de intereses se plantean únicamente pensando en
el ejercicio de los reguladores en las empresas privadas pero no
es acaso la pertenencia a una obra social (organizaciones sin
fines de lucro) que administra millones de pesos y que a partir
de los años noventa están asociadas con las empresas de medicina
prepaga elementos claves a ser tenidos en cuenta al momento de
seleccionar los recursos humanos que se encargaran de
administrar y ejecutar con objetividad esta importante función
reguladora.
Reconfigurar la Superintendencia implica cambiar determinadas
prácticas históricas de los gobiernos democráticos con los
sectores sindicales y evitar que el privado sea ahora quien
domine la SSSalud. Una Superintendencia con un perfil técnico
que debe velar por los intereses de los beneficiarios a quienes
debe proteger de los abusos que surgen de la amplia asimetría
informativa entre prestadores y aseguradores respecto del
afiliado.
Referencias:
1.- Lasheras, M. A. “La regulación económica de los servicios
públicos”, (1999) Barcelona: Editorial Ariel.
2.- Galetovic y Sanhueza (2002).
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