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Seguro
de Responsabilidad Civil para directores y gerentes de
instituciones de salud
Por: Fernando R. Moneta, Lic. en
Seguros, Gerente Comercial y Técnico TPC Compañía de Seguros
S.A. E-mail:
info@webtpc.com
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Las distintas coberturas
asegurativas de Responsabilidad Civil que ofrece el mercado
asegurador, tanto para cubrir la responsabilidad Profesional
Médica de las instituciones de salud como a los
profesionales que conforman el equipo de salud como las de
Responsabilidad Civil Extracontractual o Comprensiva que le
dan cobertura a los daños ocasionados a terceras personas
como consecuencia de, por ejemplo: Caída de objetos,
Incendio rayo y explosión, descargas eléctricas y escapes de
gas, o el uso de ascensores, calderas, carteles, etc. están
lo suficientemente difundidas y promocionadas.
Todos estos productos y sus variantes están destinados, en
el caso de las pólizas de Responsabilidad Profesional, a
mantener indemne a los asegurados (médicos o instituciones)
como consecuencia de reclamos que sean consecuencia de
errores profesionales ocurridos durante las prestaciones
(diagnósticos, tratamientos, internaciones, cirugías, etc.)
y que hayan producido daños al reclamante (paciente o sus
derechohabientes) y en el caso de las pólizas de
Responsabilidad Civil General o comprensivas a la
institución médica como consecuencia de hechos de carácter
extracontractual y que afecten a terceras personas y cosas
de terceras personas.
Ahora bien, estas coberturas no contemplan la
Responsabilidad Civil de los Directores y Gerentes de las
instituciones de salud derivada de hechos culposos propios
de sus funciones de directores o gerentes.
Mas allá de otras consideraciones, está claro que toda
institución de Salud, es antes que nada, una sociedad
comercial estructurada por lo general como Sociedad Anónima
(S.A.) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) y
como consecuencia de ello alcanzada por la normativa
establecida por la ley de sociedades Nº 19.550.
Así, la Responsabilidad de los directores y gerentes deviene
del art. 59 de la ley 19.550 en donde se establece que “Los
administradores y los representantes de la sociedad deben
obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de
negocios.” Estableciéndose, además, que “Los que faltaren a
sus obligaciones son responsables, ilimitada y
solidariamente, por los daños y perjuicios que resultaren de
su acción u omisión.”
Asimismo en el art. 274 de la misma ley se establece que
“Los directores responden ilimitada y solidariamente hacia
la sociedad, los accionistas y los terceros, por el
desempeño de su cargo, según el criterio del artículo 59,
así como la violación de la ley, el estatuto o el reglamento
y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de
facultades o culpa grave”.
De igual manera en el art. 270 se expresa que “El directorio
puede designar gerentes generales o especiales, sean
directores o no, revocables libremente, en quienes pueden
delegar las funciones ejecutivas de la administración.
Responden ante la sociedad y los terceros por el desempeño
de su cargo en la misma extensión y forma que los
directores. Su designación no excluye la responsabilidad de
los directores.”
Para dar cobertura a esta responsabilidad civil derivada de
errores (no médicos) en la administración y gestión,
manteniendo cubierto el patrimonio de los Directores y
Gerentes de las Instituciones de Salud ante reclamos que les
puedan ser realizados por proveedores, agentes reguladores,
competidores, clientes, accionistas o empleados, TPC
Compañía de Seguros ha lanzado en el mes de octubre de 2009
un nuevo producto atendiendo estas necesidades, denominado
“D&O Instituciones de Salud”, cuyas principales
características son:
-
Base de Cobertura: Reclamo
o Claim Made.
-
Período Extendido de
Denuncia de Siniestros de hasta 3 años a partir de la
finalización del contrato de seguros con posibilidad de ser
incluido desde el inicio.
-
Sumas aseguradas de hasta
u$s 1.000.000, o su equivalente en pesos.
-
Adicional por reclamos
laborales.
-
Respaldo de Reaseguro.
-
Descuentos especiales para
asegurados en nuestra compañía en Responsabilidad
Profesional Médica.
-
Defensa en sede civil.
-
Franquicias fijas o
variables.
Consideramos que esta
cobertura de seguro “D&O Instituciones de Salud” aporta la
tranquilidad que necesitan los Directores y Gerentes para
tomar las decisiones propias de su actividad.
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