:: REVISTA MEDICOS | Medicina Global | La Revista de Salud y Calidad de Vida
 
Sumario
Institucional
Números Anteriores
Congresos
Actualidad
Opinión
Suscríbase a la Revista
Contáctenos

 

 

 

 

 

 

 
 

 

:: Infórmese con REVISTA MEDICOS - Suscríbase llamando a los teléfonos (5411) 4362-2024 /  (5411) 4300-6119 ::
  
Novedades

Seguro de Responsabilidad Civil para directores y gerentes de instituciones de salud

Por: Fernando R. Moneta, Lic. en Seguros, Gerente Comercial y Técnico TPC Compañía de Seguros S.A. E-mail: info@webtpc.com

Las distintas coberturas asegurativas de Responsabilidad Civil que ofrece el mercado asegurador, tanto para cubrir la responsabilidad Profesional Médica de las instituciones de salud como a los profesionales que conforman el equipo de salud como las de Responsabilidad Civil Extracontractual o Comprensiva que le dan cobertura a los daños ocasionados a terceras personas como consecuencia de, por ejemplo: Caída de objetos, Incendio rayo y explosión, descargas eléctricas y escapes de gas, o el uso de ascensores, calderas, carteles, etc. están lo suficientemente difundidas y promocionadas.
Todos estos productos y sus variantes están destinados, en el caso de las pólizas de Responsabilidad Profesional, a mantener indemne a los asegurados (médicos o instituciones) como consecuencia de reclamos que sean consecuencia de errores profesionales ocurridos durante las prestaciones (diagnósticos, tratamientos, internaciones, cirugías, etc.) y que hayan producido daños al reclamante (paciente o sus derechohabientes) y en el caso de las pólizas de Responsabilidad Civil General o comprensivas a la institución médica como consecuencia de hechos de carácter extracontractual y que afecten a terceras personas y cosas de terceras personas.
Ahora bien, estas coberturas no contemplan la Responsabilidad Civil de los Directores y Gerentes de las instituciones de salud derivada de hechos culposos propios de sus funciones de directores o gerentes.
Mas allá de otras consideraciones, está claro que toda institución de Salud, es antes que nada, una sociedad comercial estructurada por lo general como Sociedad Anónima (S.A.) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) y como consecuencia de ello alcanzada por la normativa establecida por la ley de sociedades Nº 19.550.
Así, la Responsabilidad de los directores y gerentes deviene del art. 59 de la ley 19.550 en donde se establece que “Los administradores y los representantes de la sociedad deben obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios.” Estableciéndose, además, que “Los que faltaren a sus obligaciones son responsables, ilimitada y solidariamente, por los daños y perjuicios que resultaren de su acción u omisión.”
Asimismo en el art. 274 de la misma ley se establece que “Los directores responden ilimitada y solidariamente hacia la sociedad, los accionistas y los terceros, por el desempeño de su cargo, según el criterio del artículo 59, así como la violación de la ley, el estatuto o el reglamento y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave”.
De igual manera en el art. 270 se expresa que “El directorio puede designar gerentes generales o especiales, sean directores o no, revocables libremente, en quienes pueden delegar las funciones ejecutivas de la administración. Responden ante la sociedad y los terceros por el desempeño de su cargo en la misma extensión y forma que los directores. Su designación no excluye la responsabilidad de los directores.”
Para dar cobertura a esta responsabilidad civil derivada de errores (no médicos) en la administración y gestión, manteniendo cubierto el patrimonio de los Directores y Gerentes de las Instituciones de Salud ante reclamos que les puedan ser realizados por proveedores, agentes reguladores, competidores, clientes, accionistas o empleados, TPC Compañía de Seguros ha lanzado en el mes de octubre de 2009 un nuevo producto atendiendo estas necesidades, denominado “D&O Instituciones de Salud”, cuyas principales características son:

  • Base de Cobertura: Reclamo o Claim Made.

  • Período Extendido de Denuncia de Siniestros de hasta 3 años a partir de la finalización del contrato de seguros con posibilidad de ser incluido desde el inicio.

  • Sumas aseguradas de hasta u$s 1.000.000, o su equivalente en pesos.

  • Adicional por reclamos laborales.

  • Respaldo de Reaseguro.

  • Descuentos especiales para asegurados en nuestra compañía en Responsabilidad Profesional Médica.

  • Defensa en sede civil.

  • Franquicias fijas o variables.

Consideramos que esta cobertura de seguro “D&O Instituciones de Salud” aporta la tranquilidad que necesitan los Directores y Gerentes para tomar las decisiones propias de su actividad.

 

SUMARIO

 

Copyright 2000-2016 - Todos los derechos reservados, Revista Médicos