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Opinión


 

Reglamentar la Ley de Prepagas
Una oportunidad para
construir un modelo
argentino de salud

Por Federico Tobar


Hay tres grandes modelos de regulación de segu-ros privados de salud. El primero no distingue a una prepaga de cualquier otro seguro. La regulación se limita a exigir un determinado fondo de reserva como garantía de que van a poder cumplir con sus compromisos y se controlan sus lucros.
En el segundo, prevalece la noción del seguro como mercancía y se prioriza la defensa del consumidor. El objetivo es, entonces, garantizar que no se nieguen las prestaciones de cobertura obligatoria, que no se excluya a quienes pueden involucrar riesgos mayores y evitar los abusos en los valores de las primas.
La ley que se acaba de sancionar cumple acabadamente con ambos objetivos pero ignora totalmente a la salud pública. Un tercero y mejor modelo de regulación sería aquel que considere a las prepagas como agentes de salud. Regular, sería entonces modelar conductas en el mercado para alcanzar metas y objetivos de salud pública.
La reglamentación constituye una oportunidad para avanzar hacia el tercer modelo de regulación y consolidar en el Estado capacidad de rectoría. A continuación se presentan tres propuestas y algunas medidas para lograrlo.

1. Evaluar la contribución del seguro a la salud
Regular a los seguros a través del control de resultados significaría enfocar la acción regulatoria sobre la capacidad de las prepagas para producir salud. Supone incorporar incentivos para que las empresas garanticen salud más que cobertura de prestaciones.
La nueva ley norteamericana de 2010, por ejemplo elimina los copagos en acciones de efectividad comprobada como los controles del embarazo y estimula chequeos periódicos para prevención y evaluación de riesgos médicos.
Cada prepaga es responsable por la salud de un determinado grupo poblacional al cual brinda cobertura médica. Esa es la forma correcta de considerarlas. Si el seguro organiza su modelo asistencial de modo que consiga reducir las tasas de prevalencia de determinadas patologías, el mismo debería ser premiado. Esto se puede hacer con incentivos fiscales, pero mucho más efectivo resulta simplemente informar a los ciudadanos cuál es la esperanza de vida de los afiliados al sistema, cuál es su tasa de infartos, cuántas muertes evitables se registraron en el año y otros indicadores sensibles (y sencillos). En conclusión, lo primero que requiere la reglamentación de la ley es implementar, desde la autoridad de aplicación, un ranking de los seguros de salud según un conjunto de variables de Estructura, Procesos y Resultados (ver cuadro). Hay algunos ejemplos internacionales de esto: en Colombia Fedesalud realiza ese ranking y lo publica en su informe “Las mejores EPS”, en Estados Unidos el mismo se publica en una revista para el gran público, en Brasil la Agencia Nacional de Salud Suplementar verifica que los prestadores que figuran en la cartilla de cada plan estén realmente disponible para los afiliados.

2. Proponer contratos que promuevan la responsabilidad por la salud
No sólo necesitamos seguros que se hagan responsables por la salud. Nada hay nada más poderoso desde la perspectiva sanitaria que lograr que las personas se involucren en sus propios cuidados. Que dejen de ser pacientes para ser activos productores de salud. Desde esta perspectiva resulta un fracaso el que prevalezca la noción de salud como mercancía. Dejamos de tener ciudadanos para tener consumidores.
Fomentar el cuidado empieza por anticiparse a la enfermedad. El contrato debería ser un contrato de salud en el cual se establezcan los cuidados que ambos (prepaga y usuario) se comprometen a concretar. Esto requiere eliminar el incentivo a contratar el seguro recién cuando uno está enfermo. Australia avanzó en ese sentido. Prohibió diferenciar las cuotas según edad (un anciano paga la misma cuota que un joven) pero se incentiva la afiliación temprana. Una vez cumplidos los 30 años, quien posterga su afiliación paga un recargo del 2% por cada año que haya demorado la misma.
Incentivar la afiliación temprana viabilizaría la prohibición de aumentar la cuota a los mayores de 65 con antigüedad mayor a diez años en su afiliación (artículo 11). Otra medida posible consistiría en reglamentar un fondo de reserva similar a una cuenta de capitalización. Esto requiere fortalecer la capacidad de la autoridad de aplicación. Por ejemplo, debería poder calcular cuánto cuesta cada plan y cuánto resultaría coherente que cada afiliado aporte a ese fondo que compensaría el aumento de riesgos con la edad.
 
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Una tercera medida para fomentar la responsabilidad compartida por la salud entre afiliado y prepaga consistiría en incorporar copagos decrecientes. Según el artículo 9 de la ley la autoridad de aplicación definirá las carencias. Esto ha sido interpretado por algunos empresarios del sector como su eliminación. A diferencia de lo que sucede en un seguro obligatorio, como las obras sociales donde el afiliado puede no usar pero no puede dejar de aportar, en los seguros voluntarios la ausencia de carencias puede estimular comportamientos oportunistas. Porque podrían esperar a estar enfermos para afiliarse y luego desafiliarse al recuperar la salud. Pero es posible eliminar las carencias si el afiliado afronta copagos por las prestaciones médicas que reciba si éstas resultan decrecientes en función de su antigüedad en el plan.

3. Implementar respuestas colectivas para las preexistencias
En su artículo 10º la ley establece que… “Las enfermedades preexistentes solamente podrán establecerse a partir de la declaración jurada del usuario, y no podrán determinar criterios de discriminación. Hay diferentes soluciones posibles para éste, que, en la perspectiva de los empresarios, constituye el punto más crítico de la ley. Hay tres experiencias concretas que podrían ser replicadas: a) el seguro público de enfermedades preexistentes que incorpora la Ley norteamericana, b) el Fondo de Compensación Solidario creado en Chile y c) el Fondo Nacional de Recursos de Uruguay que asegura a todos los ciudadanos igual cobertura en calidad y oportunidad ante enfermedades catastróficas.
Nada impide al Ministerio de Salud implementar estas propuestas. Sólo hace falta voluntad política y compromiso con la salud. Pero, si lo hace cabe preguntarse… ¿No sería bueno extender estas medidas a toda la población nacional y no sólo a quienes contratan prepagas?.

 

 
 

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