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Hay tres grandes modelos de
regulación de segu-ros privados de
salud. El primero no distingue a una
prepaga de cualquier otro seguro. La
regulación se limita a exigir un
determinado fondo de reserva como
garantía de que van a poder cumplir
con sus compromisos y se controlan
sus lucros.
En el segundo, prevalece la noción
del seguro como mercancía y se
prioriza la defensa del consumidor.
El objetivo es, entonces, garantizar
que no se nieguen las prestaciones
de cobertura obligatoria, que no se
excluya a quienes pueden involucrar
riesgos mayores y evitar los abusos
en los valores de las primas.
La ley que se acaba de sancionar
cumple acabadamente con ambos
objetivos pero ignora totalmente a
la salud pública. Un tercero y mejor
modelo de regulación sería aquel que
considere a las prepagas como
agentes de salud. Regular, sería
entonces modelar conductas en el
mercado para alcanzar metas y
objetivos de salud pública.
La reglamentación constituye una
oportunidad para avanzar hacia el
tercer modelo de regulación y
consolidar en el Estado capacidad de
rectoría. A continuación se
presentan tres propuestas y algunas
medidas para lograrlo.
1. Evaluar la contribución del
seguro a la salud
Regular a los seguros a través del
control de resultados significaría
enfocar la acción regulatoria sobre
la capacidad de las prepagas para
producir salud. Supone incorporar
incentivos para que las empresas
garanticen salud más que cobertura
de prestaciones.
La nueva ley norteamericana de 2010,
por ejemplo elimina los copagos en
acciones de efectividad comprobada
como los controles del embarazo y
estimula chequeos periódicos para
prevención y evaluación de riesgos
médicos.
Cada prepaga es responsable por la
salud de un determinado grupo
poblacional al cual brinda cobertura
médica. Esa es la forma correcta de
considerarlas. Si el seguro organiza
su modelo asistencial de modo que
consiga reducir las tasas de
prevalencia de determinadas
patologías, el mismo debería ser
premiado. Esto se puede hacer con
incentivos fiscales, pero mucho más
efectivo resulta simplemente
informar a los ciudadanos cuál es la
esperanza de vida de los afiliados
al sistema, cuál es su tasa de
infartos, cuántas muertes evitables
se registraron en el año y otros
indicadores sensibles (y sencillos).
En conclusión, lo primero que
requiere la reglamentación de la ley
es implementar, desde la autoridad
de aplicación, un ranking de los
seguros de salud según un conjunto
de variables de Estructura, Procesos
y Resultados (ver cuadro). Hay
algunos ejemplos internacionales de
esto: en Colombia Fedesalud realiza
ese ranking y lo publica en su
informe “Las mejores EPS”, en
Estados Unidos el mismo se publica
en una revista para el gran público,
en Brasil la Agencia Nacional de
Salud Suplementar verifica que los
prestadores que figuran en la
cartilla de cada plan estén
realmente disponible para los
afiliados.
2. Proponer contratos que
promuevan la responsabilidad por la
salud
No sólo necesitamos seguros que se
hagan responsables por la salud.
Nada hay nada más poderoso desde la
perspectiva sanitaria que lograr que
las personas se involucren en sus
propios cuidados. Que dejen de ser
pacientes para ser activos
productores de salud. Desde esta
perspectiva resulta un fracaso el
que prevalezca la noción de salud
como mercancía. Dejamos de tener
ciudadanos para tener consumidores.
Fomentar el cuidado empieza por
anticiparse a la enfermedad. El
contrato debería ser un contrato de
salud en el cual se establezcan los
cuidados que ambos (prepaga y
usuario) se comprometen a concretar.
Esto requiere eliminar el incentivo
a contratar el seguro recién cuando
uno está enfermo. Australia avanzó
en ese sentido. Prohibió diferenciar
las cuotas según edad (un anciano
paga la misma cuota que un joven)
pero se incentiva la afiliación
temprana. Una vez cumplidos los 30
años, quien posterga su afiliación
paga un recargo del 2% por cada año
que haya demorado la misma.
Incentivar la afiliación temprana
viabilizaría la prohibición de
aumentar la cuota a los mayores de
65 con antigüedad mayor a diez años
en su afiliación (artículo 11). Otra
medida posible consistiría en
reglamentar un fondo de reserva
similar a una cuenta de
capitalización. Esto requiere
fortalecer la capacidad de la
autoridad de aplicación. Por
ejemplo, debería poder calcular
cuánto cuesta cada plan y cuánto
resultaría coherente que cada
afiliado aporte a ese fondo que
compensaría el aumento de riesgos
con la edad.
.
Una tercera medida para fomentar la
responsabilidad compartida por la
salud entre afiliado y prepaga
consistiría en incorporar copagos
decrecientes. Según el artículo 9 de
la ley la autoridad de aplicación
definirá las carencias. Esto ha sido
interpretado por algunos empresarios
del sector como su eliminación. A
diferencia de lo que sucede en un
seguro obligatorio, como las obras
sociales donde el afiliado puede no
usar pero no puede dejar de aportar,
en los seguros voluntarios la
ausencia de carencias puede
estimular comportamientos
oportunistas. Porque podrían esperar
a estar enfermos para afiliarse y
luego desafiliarse al recuperar la
salud. Pero es posible eliminar las
carencias si el afiliado afronta
copagos por las prestaciones médicas
que reciba si éstas resultan
decrecientes en función de su
antigüedad en el plan.
3. Implementar respuestas
colectivas para las preexistencias
En su artículo 10º la ley establece
que… “Las enfermedades preexistentes
solamente podrán establecerse a
partir de la declaración jurada del
usuario, y no podrán determinar
criterios de discriminación. Hay
diferentes soluciones posibles para
éste, que, en la perspectiva de los
empresarios, constituye el punto más
crítico de la ley. Hay tres
experiencias concretas que podrían
ser replicadas: a) el seguro público
de enfermedades preexistentes que
incorpora la Ley norteamericana, b)
el Fondo de Compensación Solidario
creado en Chile y c) el Fondo
Nacional de Recursos de Uruguay que
asegura a todos los ciudadanos igual
cobertura en calidad y oportunidad
ante enfermedades catastróficas.
Nada impide al Ministerio de Salud
implementar estas propuestas. Sólo
hace falta voluntad política y
compromiso con la salud. Pero, si lo
hace cabe preguntarse… ¿No sería
bueno extender estas medidas a toda
la población nacional y no sólo a
quienes contratan prepagas?. |