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El
mercado de responsabilidad
profesional médica (mala praxis) ha
crecido en forma sostenida durante
los últimos cinco años, a razón de
un 20% anual, no sólo por un mayor
número de asegurados sino también
por el efecto de la inflación y por
ajustes de sumas aseguradas que
acompañan los montos crecientes de
demandas y sentencias. Estos seguros
representan el 19% de todos los
seguros de responsabilidad civil de
la Argentina, habiendo finalizado el
ejercicio 2012-213 con un primaje
anual de 220 millones de pesos. Esta
producción tiene una representación
alta (cercana al 20%) dentro del
nicho de seguros de responsabilidad
civil, aunque se debe tener en
cuenta que este último rubro tiene
una participación de apenas 2% de
toda la producción de seguros
patrimoniales de nuestro país.
Cerca del 70% de esta producción se
encuentra concentrada en cuatro
compañías especializadas con más de
una década en el mercado.
A diferencia de quienes consideran
que el mercado de responsabilidad
médica se encuentra totalmente
maduro, creemos que todavía queda
mucho campo para transitar. Si nos
basamos en la cantidad de asegurados
institucionales e individuales que
han reportado los principales
operadores, y luego comparamos ese
número con la totalidad de
instituciones y profesionales de la
salud que arroja el último censo,
observaremos que más del 50% se
encuentra fuera del sector
asegurador. El gran desafío consiste
entonces en agrandar la
participación de RC médica dentro
del ramo RC. Creemos que se puede
lograr a partir de la creciente
demanda de cobertura y servicios por
parte de instituciones y
profesionales de la salud, sobre
todo por parte de especialistas no
médicos, como psicólogos,
enfermeros, técnicos, kinesiólogos,
etc. que comienzan a tener una mayor
conciencia de este riesgo y a
solicitar una cobertura adecuada.
La litigiosidad continúa alta, con
un promedio de demanda cercano al
millón de pesos (sin contar en este
promedio a los juicios originados en
daños obstétricos, cuyo promedio
supera los 2,5 millones, pudiendo
excepcionalmente alcanzar cifras
varias veces millonarias). Impulsado
entre otras cosas por la inflación,
el monto medio demandado aumentó un
15% con respecto al ejercicio
anterior, y continúa acortándose el
plazo transcurrido entre el acto
médico y la demanda, que hoy está en
18 meses. No hay mayores cambios en
cuanto al ranking de las
especialidades más demandadas,
encabezado por los cirujanos y
traumatólogos en términos de
frecuencia y los obstetras y
anestesiólogos en cuanto a
severidad. Si se suman las
mediaciones y juicios en actividad
de los cuatro principales
operadores, la cifra supera los
5.000 casos. Desde el punto de vista
de las sentencias, cada vez son más
los fallos de Cámara que superan el
millón de pesos de capital, sin
contar con los intereses y costas
que generalmente hacen que estos
montos se dupliquen o tripliquen.
Frente a la frecuencia y severidad
creciente de las demandas, estamos
trabajando fuertemente para ajustar
las sumas aseguradas de nuestros
clientes a las actuales
circunstancias. Si bien la suma
mínima exigida por la
Superintendencia de Seguros de la
Nación es de $120.000, este valor ha
quedado desactualizado. En muchos
casos las actuales sumas aseguradas
no cubren adecuadamente el riesgo de
las instituciones médicas y de las
especialidades más expuestas.
Pensamos que las especialidades
quirúrgicas requieren coberturas
superiores a $300.000 y las clínicas
con internación superiores a
$500.000. Pese a lo mucho que se ha
repetido que los seguros de mala
praxis son caros, el gasto del
sector salud en seguros de praxis es
todavía poco significativo dentro de
la estructura de costos de clínicas
y sanatorios privados (no más del
0,5%), y no suele representar más
del 2% del ingreso mensual de un
médico.
Es cierto que un gran porcentaje de
las demandas que ingresan hoy a las
compañías de seguros son
consideradas por peritos expertos
como aventuras judiciales, casos sin
mayor fundamento y fácilmente
defendibles. Sin embargo, en más de
un cuarto de los casos los legistas
reconocen errores serios que
produjeron daños que pudieron haber
sido evitados. En otro porcentaje de
casos, no se puede determinar la
responsabilidad del profesional por
deficiencias groseras en la
documentación médica indispensable.
Al concentrar información y
manejarse con grandes números, las
compañías de seguros especializadas
han podido advertir que eventos que
los individuos consideran
excepcionales son mucho más
frecuentes de lo que se piensa. Hoy
sabemos que las caídas de los
pacientes internados, los errores de
sitio quirúrgico, los suicidios en
internación, los errores de
medicación serios, las infecciones
intrahospitalarias y las escaras,
por ejemplo, son problemas que por
su frecuencia y magnitud deben ser
manejados adecuadamente.
De a poco, muchas instituciones
comienzan a notar el valor agregado
de las aseguradoras de praxis. Al
acumular mucha experiencia de
errores médicos, las compañías de
seguros pueden traducirla en
programas de mejora que corrijan
patrones de conducta y eviten la
recurrencia de problemas
identificados, minimizando la
posibilidad de demandas y, más
importante aún, mejorando la
seguridad de los pacientes. Hoy, los
departamentos de gerenciamiento de
riesgos de las aseguradoras
interactúan con los comités de
calidad de las instituciones,
ayudándolos a adaptar a la práctica
médica herramientas que han sido muy
útiles en otras industrias. Entre
ellas se destacan la creación de
departamentos de seguridad de los
pacientes, sistemas de reporte de
incidentes, análisis de las causas
raíces de los accidentes,
verificaciones a través de
checklists de las condiciones de
seguridad antes de iniciar cirugías
y sistemas de transferencia de
información en forma más
estructurada.
Otro fenómeno que estamos notando
últimamente es el quiebre de la
corporación médica: cada vez son más
los profesionales de la salud que
asesoran a la parte actora, y en
consecuencia estamos recibiendo
reclamos mejor fundados y más
difíciles de defender. Otro signo de
los tiempos es el nuevo enfoque
existente en materia de
responsabilidad civil, de acuerdo
con el cual la indemnización de la
víctima –y no la culpa del agente-
es el principal elemento a
contemplar, así como también los
cambios introducidos a nivel
procesal, que permiten una
flexibilización en la prueba que el
paciente-actor debe producir en un
juicio, por aplicación de
presunciones judiciales o por la
teoría de las cargas probatorias
dinámicas que sostiene que la carga
de la prueba recae en quien está en
mejores condiciones de probar, y ése
siempre es el médico…
Por último, pese a las sanciones de
la Superintendencia y Fallos de
Cámara que los instan a cesar en su
operatoria, persiste, sobre todo en
el interior, el accionar de los
denominados fondos solidarios. Los
Fondos Solidarios carecen de
fiscalización genérica (IGJ, AFIP,
Rentas) y específica (SSN), por lo
cual no cumplen con las exigencias
que le caben a las aseguradoras en
materia de capitales mínimos,
inversiones, reservas, planes
técnicos y balances, entre otros
requisitos. Tampoco pueden ser
citados en garantía en un juicio,
con la consecuente desprotección del
profesional y de las instituciones
que los contratan. Claramente se
trata de una actividad aseguradora
ilegal, injustificable en un ramo en
el que operan hace más de diez años
compañías de seguros con una alta
especialización en este segmento del
mercado.
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