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Columna


¿Para qué sirven las Mediaciones?

Por el Dr. Fernando G. Mariona
Abogado - Director de TPC Compañía de Seguros


La Resolución Alternativa de Disputas, conocidas como Mediaciones, fueron creadas con la finalidad de acercar a las partes. En el ámbito del cuidado de la salud esta metodología habría de servir como una forma para que todos los integrantes del servicio cuidado de la salud, ya sean personas físicas o jurídicas, a quienes se les quisiera reclamar por alguna disconformidad vinculada con el resultado del acto médico, tuvieran un ámbito de discusión y de esclarecimiento de su accionar, con las limitaciones que el proceso de Mediación contiene.
Varias cuestiones han conspirado para que, pese al inobjetable éxito que el proceso posee, haya alcanzado menos de un tercio de sus posibilidades.
En primer lugar, somos los propios abogados que patrocinamos o representamos a los requeridos, quienes impedimos que los profesionales o quien corresponda de la Institución reclamada, pueda dar algún tipo de explicación coherente, que a veces las circunstancias en que los hechos ocurrieron, lo hayan impedido.
En otras, son los mismos abogados de los requirentes quienes minimizan las posibilidades que la mediación posee. Las toman sólo como un requerimiento previo para llegar al juicio. También ocurre que ni los requirentes ni sus letrados tienen algún asesoramiento médico previo, como para mínimamente conocer si se encuentran o no frente a un caso en que la responsabilidad profesional pueda llevarse a juzgamiento.
Es más, en caso de tener algún tipo de asesoramiento médico, éste se traduce -previo un abultado pago requerido por el médico consultor- en un mero escrito del “núcleo central” del capítulo de las consideraciones médico legales, en el que siempre se encuentra responsabilidad. No existe el Informe Médico Legal de Análisis de la Responsabilidad profesional previo. De manera que muchas veces, requirentes y sus abogados, van a ciegas a la mediación, sin conocer profundamente el caso. Es en la mayoría de los casos un “relato” meramente subjetivo de sensaciones. Es bueno que los médicos sepan que cada vez son más los médicos que asesoran a pacientes, y luego salen a buscar un abogado que los acompañe con un escrito.
Ya se acabó la época en la que TODOS los médicos se rasgaban las vestiduras por la “mala praxis”. Es más, ahora hay médicos que se visten mejor, gracias a ella.
En segundo lugar, la multiplicidad de requeridos es otra cuestión que ha impedido un mayor éxito. En efecto, es muy frecuente que los citados al proceso sean los profesionales que intervinieron directa e indirectamente en el acto o actos médicos reclamados, los establecimientos médicos por los cuales el paciente pasó, ya como ambulatorio o como internado, las empresas de medicina prepaga, las Obras Sociales, las Gerenciadoras, los establecimientos de diagnóstico e inclusive la empresa de emergencias domiciliarias.
Ello, es de imaginarse torna dificultosa el entendimiento o la posibilidad de acuerdo o de desistimiento en virtud de que pueden existir o no responsabilidades, inclusive ni ser compartidas, lo cual genera intereses encontrados. A esto debe sumarse que a su vez, cada parte involucrada, aunque más no sea por la citación convoque a cada una de las aseguradoras del riesgo de Responsabilidad Civil Profesional donde posea cobertura.
De esta forma los tiempos comienzan a dilatarse hasta que se produce la total “integración” de los requeridos al proceso. Esto produce un desgaste entre el Requirente y los Requeridos, situación en la que sus abogados y el Mediador elegido o sorteado, tampoco ayudan mucho para que esto no ocurra.
Seguidamente podemos adelantar que de integrarse, falta aun una parte sustancial del proceso por realizarse, es la obtención de la documentación clínica relacionada con el acto médico, y la revisación del paciente, para poder establecer el eventual daño o las secuelas del mismo. Una etapa en la que la colaboración interpares se retacea.
Creemos que ni la comunidad médica ni la de los auxiliares de la justicia -que somos los abogados- ni los Mediadores, en temas de praxis médica hemos hecho el esfuerzo necesario para lograr un resultado más beneficioso para todos los involucrados en las Mediaciones.
Así también, en varias oportunidades, hemos ofrecido, para temas de praxis médica, modificar el sistema de las Mediaciones, involucrar de una manera más participativa a las autoridades públicas y a las entidades privadas -entre ellas a las aseguradoras del riesgo- para resolver de una manera más rápida y eficiente estas cuestiones, para beneficio tanto del requirente cuanto de los requeridos. Lo hemos hecho en foros locales y extranjeros. Hemos publicado trabajos en revistas del ámbito médico y jurídico. Dimos a conocer sistemas de distintos países, ya sean centrales cuanto periféricos en infinidad de ocasiones.
Un análisis de cada una de las cuestiones que no están bien resueltas en el proceso de la Mediación en Praxis Médica excede esta nota. Hay muchas cosas aun para comentar.
Como he manifestado tantas veces, “algo tenemos que hacer” en beneficio de todos. Sin embargo parece que no existe demasiado interés.
¿Será entonces que el problema no es tan grave?

 

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