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En los márgenes de los grandes ríos y arroyos de nuestro
país viven gran cantidad de personas que, además de los
problemas en común con todos los argentinos respecto al
sector salud, conjugan dos características que aumentan
su riesgo sanitario: la vulnerabilidad socioeconómica y
la exposición a factores ambientales nocivos.
Efectivamente las cuencas de estos ríos son lugares
inundables, en donde se combina la presencia de muchas
fábricas contaminantes con una muy mala infraestructura
social y escasos servicios y en donde se concentra una
gran proporción de personas pobres.
Este artículo intenta destacar una mirada que pone el
acento en las personas más vulnerables desde el punto de
vista social y sanitario (con los peores índices de
morbimortalidad) y además plantea el desafío de la
gestión interjurisdiccional ya que estos ríos atraviesan
diferentes municipios y provincias en un sistema de
salud totalmente fragmentado y federal.
LA PERSPECTIVA AMBIENTAL DE
LA SALUD
La Organización Panamericana de la Salud (OPS, 2000)
define a la Salud Ambiental, “como aquella perspectiva
que busca identificar, medir, revertir y evitar los
impactos de las condiciones ambientales sobre la salud y
calidad de vida de las presente y futuras generaciones”.
Según la Organización Mundial de la Salud el 24 % de la
carga de morbimortalidad mundial y el 23 % de los
fallecimientos se pueden atribuir a factores
ambientales. La perspectiva ambiental de la salud busca
minimizar los problemas y patologías que se producen o
están asociadas a las deficiencias de las condiciones
ambientales.
La carga ambiental de la enfermedad en nuestro país es
muy importante. Si bien no es la única, la población que
vive en los márgenes de los grandes ríos contaminados
está mucho más afectada por esta problemática.
La presencia de grandes fábricas que eliminan sus
desechos tóxicos a los ríos, la falta de cloacas y agua
corriente, la presencia de basurales a cielo abierto, la
quema de basura, la mala calidad del aire que respiran,
las precarias viviendas en las que habitan y el hecho de
ser zonas generalmente inundables, hacen que la salud de
esta población sea de muy alto riesgo.
En estas poblaciones se observan una mayor prevalencia
de diarreas, infestaciones parasitarias, anemias, asma,
intoxicación crónica por metales pesados, alergias,
desnutrición infantil.
Solo en tres cuencas de los ríos más contaminados de la
Argentina como son la Cuenca Matanza Riachuelo, la del
Río Reconquista y la Cuenca Salí – Dulce viven alrededor
de 10 millones de personas, la gran mayoría afectada por
los problemas enumerados más arriba.
LOS PROBLEMAS AMBIENTALES
DE LAS CUENCAS
El 96,4% de la población de la Cuenca Matanza Riachuelo
convive con al menos un factor de riesgo ambiental. Pero
además el 27% de los hogares (262.037 hogares) conviven
con tres factores de riesgo al mismo tiempo, el 19%
(185.497 hogares) conviven con 4 factores y un 11%
(110.523 hogares) conviven con 5 factores. Las
principales fuentes de contaminación de la cuenca son
los efluentes de origen cloacal, los efluentes de origen
industrial (3.500 industrias de las cuales el 50% son
curtiembres y el 20% frigoríficos) y los 105 basurales a
cielo abierto. Los Factores Ambientales que más afectan
a los hogares de la Cuenca (a más del 50%) son los
relacionados con la calidad del aire exterior, la
cercanía a las fuentes fijas de contaminación y los
desagües cloacales. (EFARS, 2008).
Por otra parte, en el recorrido del Río Reconquista
están ubicadas doce mil industrias. Allí cuatro millones
de personas no tienen servicios de cloacas ni plantas de
tratamiento.
La cuenca Salí-Dulce es la segunda más contaminada de la
Argentina. En las zonas ribereñas de Tucumán se
instalaron en las últimas décadas, veintenas de ingenios
azucareros, plantas destiladoras de alcohol,
frigoríficos e industrias citrícolas. Muchas de estas
empresas arrojan los residuos tóxicos de su producción
(como cachaza o vinaza) al cauce de las aguas. Además
del crecimiento de la población que hizo que se sumaran
los desechos cloacales.
EL DESAFÍO DESDE LA GESTIÓN
Una sentencia inédita de la Corte Suprema de Justicia de
la Nación (CSJN) sobre la problemática de salud de la
Cuenca Matanza Riachuelo (CMR) puso sobre el tapete la
necesidad de trabajar articuladamente entre las
diferentes jurisdicciones.
En el punto IX del mismo considerando, la Corte Suprema
de Justicia ordena la elaboración de un “Plan Sanitario
de Emergencia” que debía constar de un diagnóstico de la
situación y del plan de actividades.
Entre otras muchas cuestiones positivas de este fallo
sobre el tema salud, resulta realmente interesante la
necesidad que plantea en cuanto al trabajo en forma
conjunta entre las diferentes jurisdicciones. No sólo
plantea esto, sino que pone en cabeza de la Nación (en
este caso específico a través de ACUMAR) el desarrollo
de las actividades planteadas. Este hecho de por sí ya
produjo la necesidad de readecuar normas y
procedimientos entre las jurisdicciones ya que muchas de
ellas diferían entre sí.
Este fallo que afectó a todas las áreas relacionadas con
la CMR, es particularmente relevante en el tema de
salud. En un sistema como el nuestro, cuyas principales
características son la escasa capacidad regulatoria por
parte del Estado Nacional, altamente fragmentado y
segmentado y con autonomía Federal, este fallo
representa un enorme desafío al plantear la obligación
del trabajo conjunto entre todas las jurisdicciones
(Nación, Provincia, Ciudad y municipios del conurbano)
en la implementación de un Plan Sanitario.
Similares desafíos plantea el tratamiento de la salud de
las Cuencas del Reconquista que nace por la zona que
está entre Moreno y General Rodríguez y termina tras
recorrer 18 municipios en el Río Luján que desemboca en
el estuario del Río de la Plata y la del Salí – Dulce
que recorre cinco provincias: Tucumán, Córdoba,
Catamarca, Salta y Santiago del Estero. O también la
cuenca del río Colorado que atraviesa Mendoza, Neuquén,
Río Negro, La Pampa y Buenos Aires y que ocasiona
problemas por contaminación de hidrocarburos.
UNA NUEVA AGENDA EN SALUD
El fallo de la CSJN del 8 de julio de 2008 presenta
aristas muy importantes y ciertamente inéditas desde
diferentes puntos de vista y abre una nueva agenda en
salud que debe incluir tres aspectos:
1) Un nuevo enfoque sobre lo ambiental
El fallo nos muestra un cambio en el tratamiento que se
venía dando al tema del saneamiento de los ríos.
Efectivamente, si bien el fallo es terminante en cuanto
a la necesidad de sanear el río, plantea como prioridad
la mejora de calidad de vida de la población que allí
habita. Este enfoque, modifica el criterio
exclusivamente “ambientalista” de un río limpio con
población pobre estructuralmente y sin cambios en las
condiciones sociales (ausencia de cloacas, agua de red,
etc.) transformándolo en un criterio centrado en las
mejoras de la calidad de vida. Esto le da una nueva
direccionalidad a las acciones emprendidas y pone de
manifiesto la urgencia de intervenir en regiones que
tienen, no solamente un río altamente contaminado, sino
también y principalmente graves y complejos problemas
sociales producto de la coexistencia de riesgos
ambientales y de pobreza extrema, determinantes ambos de
los proceso de salud – enfermedad.
2) El criterio de la gestión compartida
En segundo lugar resulta realmente interesante la
necesidad que plantea el fallo en cuanto al trabajo en
forma conjunta entre las diferentes jurisdicciones. Por
otra parte instala una discusión sobre las formas
operativas de encarar la problemática de las Cuencas.
En un sistema como el sanitario, cuyas principales
características son la escasa capacidad regulatoria por
parte del Estado Nacional, altamente fragmentado y
segmentado y con autonomía Federal, este fallo
representa un enorme desafío al poner en cabeza de la
Nación la implementación del denominado en el fallo Plan
Sanitario de Emergencia.
3) La perspectiva ambiental del concepto salud
enfermedad
Finalmente el fallo de la Corte pone en relieve la
perspectiva de los determinantes ambientales de la
salud. Si bien se viene planteando hace algún tiempo
atrás la importancia de esta nueva perspectiva, no es
hasta la sanción de este fallo que los determinantes
ambientales de la salud se “subieron” a la agenda de la
salud.
El tiempo dirá si supimos aprovechar esta iniciativa de
la CSJN o si sólo constituyó una nueva oportunidad
perdida como tantas otras en salud.
(*) Médico. Especialista en Salud
Pública. Jefe de Trabajos Prácticos de Salud Pública en
la Facultad de Medicina de la UNICEN. Integrante del
grupo PAIS – Pacto Argentino por la Inclusión en Salud.
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