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La frase del momento es “Cobertura Universal de Salud”
(CUS). ¿Cuál es realmente su significado? Para su
promotora, la Organización Mundial de la Salud, implica
que todos los ciudadanos deben recibir idénticos
servicios de salud de calidad que cubran sus
necesidades, sin exponerlos a dificultades financieras
en el pago para conseguirlo. En realidad, es un deseo
casi utópico, aunque abre un camino para avanzar hacia
el logro de mejoras en los de por sí inequitativos
sistemas de salud latinoamericanos. Las reformas de los
90 estuvieron lejos de ello, y lo transitado en la
primera parte de este Siglo XXI no parece haber estado
tampoco muy cerca. Es la razón del porqué existe cierta
inquietud en conocer cuáles son o serán los instrumentos
que permitirán alcanzar este objetivo, inmerso en un
lema tan amplio como las consideraciones teóricas que se
hagan al respecto. La crítica a lo que no funciona y
requiere mejoras siempre es insuficiente si no se
acompaña de aportes a la búsqueda de soluciones. Sobre
todo, en el actual sistema de salud argentino, poseedor
de un derrotero de varias reformas sanitarias malogradas
a lo largo de su historia, a lo que se sumó la
ampliación artificial de su segmentación tras la
“desregulación” del componente del seguro social, y la
persistencia de indicadores de desempeño alejados de lo
esperado para la magnitud del gasto.
Esta inquietud no sólo es un problema de
interpretaciones. En un sistema democrático, la calidad
del debate debe apoyarse en buena información,
confiable, que supere prejuicios, y con respeto por la
pluralidad de voces. Opiniones y propuestas deben ser
cuestionadas y discutidas, de manera que dejen una
opción para incorporar ideas que nacen de la reflexión
del otro. Veamos. ¿Qué se entiende por cobertura?
Corresponde a la disponibilidad de servicios de atención
de la salud de cualquier característica en el momento en
que este sea necesario. ¿Y el término universal? Su
concepto pasa por establecer la necesidad del
involucramiento de Estado, la iniciativa privada y la
sociedad como parte de ella. Por lo tanto, el acceso
universal se alcanza con la eliminación progresiva de
cualquier obstáculo que impida a las personas utilizar
servicios de salud de cualquier nivel, establecidos en
el ámbito nacional, en forma equitativa. Pero aquí no
termina todo.
Keneth Arrow, economista famoso por sus contribuciones
pioneras sobre la teoría del equilibrio general y del
bienestar, considera que “la salud es tanto un valor
ético como económico” y promueve que quienes toman
decisiones políticas deben priorizar las inversiones
necesarias para alcanzarla. Algo similar sostiene Julio
Frenk, creador del Seguro Popular mexicano, al señalar
que “todo sistema de salud expresa cuestiones éticas
conscientes o inconscientes, explícitas o implícitas,
que se manifiestan en la organización de las
instituciones del sector y en la distribución de los
beneficios de los cuidados de salud”.
Por lo tanto, plantear cambios en los sistemas de salud
bajo cualquiera de los títulos documentales de la OPS
-sea Protección Social en Salud (PPS) o Cobertura
Universal de Salud (CUS)- debiera comenzar primero por
la pregunta ¿Qué valores éticos promueven tales cambios?
Esto es lo que no queda totalmente claro. ¿Se trata de
un cambio de principios o de slogans? Porque
ciertamente, cobertura universal ya tenemos. El Estado
se ocupa de ello, al menos en teoría. Entonces lo que
necesitamos es una segunda dimensión de cobertura, que
estaría basada en un concepto de “profundidad” y a la
vez centrada en dos cuestiones éticas fundacionales. En
primer lugar, que la salud no debe ser vista como un
bien o un privilegio asimétrico, sino como un derecho
social alcanzable por todos los ciudadanos sin
diferencias. Esto implica también su democratización,
entendiéndolo conceptualmente - según O´Donovan y
Schmitter – como “la introducción de normas y
procedimientos del derecho de ciudadanía a aquellas
instituciones que han sido gobernadas con principios
diferentes, basados en controles coercitivos, excesivo
juicio de especialistas, o una tradición social de
procesos burocráticos”, caso típico de los sistemas de
salud y su modelo de organización. En segundo lugar, que
tal derecho debe ser extendido a aquellos individuos que
no gozan de los beneficios del trabajo, y a los sectores
que se encuentran en los márgenes de la sociedad de
derechos
¿Por qué hay quienes tienen dificultades para ejercer el
pleno derecho a la cobertura integral de salud en
nuestro país? Porque éste tiene que ver fundamentalmente
con la posición laboral de las personas. Concretamente,
si todas las vidas tienen idéntico valor, y éste es el
principio moral de la inclusión, nadie debiera tener
inconvenientes ni diferencias de acceso a los servicios
de salud si trabaja o no formalmente. Tampoco en
recibirlos con idéntica calidad y lejos de la amenaza
del riesgo financiero de su provisión. Pero lo cierto es
que ocurre. De allí que las definiciones iniciales de la
CUS parezcan simples y claras, pero suenen algo ingenuas
cuando se las traslada a un mundo real mucho más
complicado. Se trata que el derecho a la salud - en su
sentido más amplio e integral- alcance a aquellos que
más necesitan ejercerlo. Más específicamente, a quienes
con mayores dificultades los abarca en la actualidad.
Precisamente, los sectores muy pobres o marginales
suelen ser poco visibles, al igual que sus derechos.
Entonces sucede que algunos tienen cobertura universal
teórica, aunque carecen de ella en la práctica, o su
magnitud es “menos profunda”, o sus gastos de bolsillo
son mayores que quienes tienen el privilegio de una
cobertura efectiva. Y entonces lo de universal empieza a
ser menos importante. Y adquiere mayor entidad tener
derecho a acceder oportunamente a una atención de igual
calidad, independientemente del tipo de cobertura, lugar
de residencia o dinero disponible. La gente no elige
enfermarse, pero si lo hace no se le puede prometer
servicios que luego no se prestan, padecer la impronta
de los turnos de madrugada, las listas de espera, los
recursos insuficientemente capacitados o la asimetría
entre los prestadores y su disponibilidad de tecnología
y confort. Como bien manifiesta la OMS, “Extender el
alcance, por lo tanto, no es un problema técnico que
debe ser resuelto, sino también un problema político de
redistribución de recursos”. Si no pasa por la
consolidación de derechos, el concepto de Cobertura
Universal de Salud se vuelve un término vago. La única
verdad es que la extensión de cobertura no resulta
realidad para todos. Y lo que se requiere es “una más
amplia cobertura para todos”.
Esto lleva a no pasar por alto otra cuestión de la CUS,
como es el famoso cubo de las tres dimensiones. Allí
también aparecen problemas de derechos relativizados si
sus ejes son sólo la demanda, la oferta y el
financiamiento. A decir de Rosanvallon “la
desintegración de los principios organizadores de la
solidaridad” es uno de los problemas de las sociedades
contemporáneas. Enfrentarlo no es un asunto de quimeras
propagandísticas ni de idealismos desprovistos de un
sentido instrumental; por el contrario, requiere de una
“práctica argumentada y públicamente discutida de la
justicia social (que) debe sustituir a una visión
estrechamente jurídica de la igualdad de los derechos o
a una concepción puramente mecánica de la
redistribución”. Equidad con Justicia social no es un
oxímoron. Es un fundamento ético. Si no miramos más allá
de los servicios a los cuales la población debe tener
derecho a acceder, y no comparamos objetivamente lo que
las personas obtienen (o no) respecto de lo que
necesitan, podemos ir por muy mal camino si sólo
pensamos en la magnitud de la oferta.
Hay entonces tres aspectos que no pueden faltar al
hablar de cobertura universal: derecho a la salud,
implicancias morales de la equidad y protección
financiera. No en otro sentido obliga la realidad de
cada sociedad y sus condiciones, especialmente si se
tiene presente la trascendencia de los determinantes
sociales. Las enfermedades no caen del cielo ni se
distribuyen sólo por el azar. Y si bien hay un efecto
estocástico, están profundamente determinadas por la
estructura social, política y económica en la que se
vive. De ahí la importancia de la protección social en
salud como parte fundamental del proceso de construcción
de ciudadanía a partir de los derechos sociales. Más aun
cuando imperan tiempos de individualismo galopante, que
hacen tentador el camino para políticas sociales que
Robert Castel resume como protección menos colectiva y
cada vez más dependiente de la iniciativa individual y
de las empresas privadas de seguros.
¿Ideas nuevas? Ciertamente no. Nos han estado rondando
mucho tiempo. La única diferencia es que hoy se las
llama CUS. Pero no se trata sólo de darle cobertura a
todo el mundo. Se trata de asegurar que, en la práctica,
todos (ricos o pobres) reciban el derecho a obtener los
mismos cuidados que necesitan sin que por ello tengan
que sufrir penurias económicas. Como bien dice Adam
Wagstaff, en realidad parece más “un producto viejo en
un envase nuevo”. Pero si dentro incorpora la cuestión
de los derechos, bien vale la pena probarlo
(*) Profesor Titular
- Cátedra de Análisis de Mercado de Salud -
Magister en
Economía y Gestión de la Salud - Fundación
ISALUD.
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