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La Cámara de Diputados (Representantes) norteamericana
aprobó un proyecto de ley, (H.R. 1215), del republicano
Steve King, introducido en 24/02/2017, con la finalidad
de mejorar el acceso de los pacientes a los servicios de
atención de la salud, y proporcionar una mejor atención
médica, mediante la reducción de la carga excesiva que
el sistema de indemnización de daños por responsabilidad
profesional médica conlleva al sistema de prestación de
servicios de salud, con el fin de limitar las
indemnizaciones por los daños sufridos por los
pacientes, en los casos de negligencia médica, (mala
práctica médica extracontractual) y fijar un plazo de
prescripción liberatoria para el inicio de la acción por
las víctimas o sus herederos más corto, para la
interposición de los planteos legales contra los
médicos.
Dicho plazo será de tres años después de la ocurrencia
del hecho generador del daño (incumplimiento), o 3 años
después de la fecha en que se completó el tratamiento
médico que es el objeto de la reclamación; o 1 año
después de que el accionante descubre el daño, o que
mediante el uso de una diligencia razonable debería
haber descubierto la lesión.
El proyecto de ley, que coincide con la Ley de Reforma
de Compensación por Lesiones Médicas (MICRA) de
California del año 1975, (1) limitará los montos de la
evaluación de los daños no económicos (2),(3),(4) en
casos de negligencia médica (malpractice) hasta u$s
250,000, y restringirá los honorarios de contingencia
cobrados por los abogados.
La legislación también incluye una regla de reparto
equitativo, en la cual los acusados serán responsables
sólo de los daños causados en proporción directa a su
porcentaje de responsabilidad en el acto médico
cuestionado.
El Colegio Americano de Médicos (ACP) elogió a la Cámara
por aprobar el proyecto de ley, diciendo que el tiempo
está maduro como para desarrollar y proponer reformas
responsables y de sentido común.
“El Colegio Americano de Médicos (ACP) aplaude a la
Cámara de Diputados por la aprobación de un enfoque
variado para la reforma sobre responsabilidad
profesional médica”, dijo Jack Ende, MD, presidente de
ACP, en un comunicado. “ACP cree que cualquier solución
para mejorar el sistema de responsabilidad médica en los
Estados Unidos debe incluir un enfoque multifacético, ya
que ningún programa o ley por sí misma es probable que
alcance los objetivos de mejorar la seguridad del
paciente y garantizar una compensación justa a los
pacientes. La relación médico-paciente y la reducción de
los costos económicos asociados con el sistema actual”.
La “Asociación Americana por la Justicia”, una
organización de encuentro e interacción para los
abogados que representan a los pacientes envió una
especie de declaración de Principios a la Cámara de
Diputados, antes de que el proyecto de ley saliera
aprobado, instando a los legisladores a oponerse a la
propuesta legislativa. Más de 75 organizaciones
similares firmaron la carta.
“Incluso si H.R. 1215 sólo se aplica a los médicos y
hospitales, estudios recientes establecen claramente que
sus disposiciones darían lugar a más muertes y lesiones,
y el aumento de los costos de atención de salud sería
debido a un amplio relajamiento de la atención”. “...Las
últimas estadísticas muestran que los errores médicos,
la mayoría de los cuales son prevenibles, son la tercera
causa de muerte en Estados Unidos. Esta situación
intolerable es tal vez más sorprendente porque ya
sabemos cómo solucionar gran parte de este problema. El
Congreso debe centrarse en mejorar la seguridad de los
pacientes y reducir las muertes y lesiones, no aislar a
los proveedores de negligencia, de la rendición de
cuentas, dañar a los pacientes y ensillar a los
contribuyentes con el costo”.
La legislación también se aplicaría a cualquier paciente
que reciba atención médica a través de un programa
federal, como Medicare o Medicaid, o a través de un
subsidio o beneficio fiscal, como la cobertura adquirida
bajo la “Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio”
conocida por Obamacare, o un sustituto de la misma.
La atención médica pagada a través de los planes de
salud del empleador también caería bajo el paraguas de
la nueva legislación, en caso de aprobación definitiva,
ya que el costo de las cuotas de los planes de salud
prepagada, reciben exenciones de impuestos federales. Si
la persona afectada recibe su seguro de salud como parte
del haber por su empleo, y su empleador recibe un
subsidio federal para financiar esa cobertura, la ley en
proceso de sanción también incluirá a los reclamos por
daños no económicos efectuados dentro de este sistema de
cobertura.
Esta ley de ser sancionada definitivamente no derogaría
leyes estaduales de responsabilidad profesional médica
que imponen máximos más altos o más bajos que los u$s
250.000 para pagos por daños no económicos, ni afecta la
existencia de pagos económicos.
Como parte de la H.R. 1215, los tribunales podrían
limitar la cantidad de abogados que reciban pagos por
honorarios. Específicamente, los tribunales tendrían el
poder de restringir los pagos de honorarios a un abogado
que reclama una participación financiera en el
resultado, en virtud de una cuota por honorarios de
contingencia, o pacto de cuota litis.
PIAA, (Physician Insúrjanse Asociación off América), una
asociación con fines de lucro que representa a las
aseguradoras de responsabilidad médica en USA., dijo que
la aprobación en la Cámara de Diputados (Representantes)
de la ley, es una gran victoria para los defensores de
la reforma de la responsabilidad civil.
El proyecto de ley es la primera legislación integral
sobre la reforma de la responsabilidad médica a ser
aprobada por ambas Cámaras del Congreso, en más de 5
años, según comenta PIAA. “Ahora estamos un paso más
cerca de promulgar reformas federales de responsabilidad
médica que reducirán los litigios sin sentido, que
socavan la relación médico-paciente”, dijo Mike Stinson,
vicepresidente de relaciones públicas y políticas
públicas de PIAA, en un comunicado. “Esta legislación
beneficiará tanto a los pacientes como a los
profesionales de la salud”.
La H.R. 1215 pasó al Senado en 29 de junio de 2017.
Habrá que esperar conocer el texto definitivo para
conocer el texto definitivo en caso de que sea
sancionada definitivamente.
1 Medical Injury
Compensation Reform Act. (MICRA) California Legislature.
2 Los daños no económicos significan daños por dolor
físico y emocional, sufrimiento, inconveniencia,
deterioro físico, angustia mental, desfiguración,
pérdida del disfrute de la vida, pérdida de la sociedad
y compañerismo, pérdida de consorcio (excepto pérdida
del servicio doméstico, A la reputación y todas las
demás pérdidas no pecuniarias de cualquier tipo o
naturaleza incurridas como resultado de la provisión o
uso (o falta de proveer o usar) servicios de salud o
productos médicos, a menos que otros se definan bajo la
ley estadual aplicable.
3 El término “daños económicos” se refiere a las
pérdidas monetarias objetivamente verificables
incurridas como consecuencia de la provisión o el uso de
servicios de salud o de productos médicos, o el fracaso
en su suministro o uso, tales como los gastos médicos
pasados y futuros, la pérdida de ganancias pasadas y
futuras, costo de obtener servicios domésticos, pérdida
de empleo y pérdida de negocios u oportunidades de
empleo, a menos que se defina lo contrario bajo la ley
estadual aplicable. En ningún caso los daños por
servicios de salud o productos médicos excederán el
monto realmente pagado o incurrido por o en nombre del
reclamante.
4 En el Estado de Florida, fue en el año 2007, y el
límite para los daños no económicos es de u$s 500.000
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