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Los sindicatos se han resistido históricamente a ser
parte de una política sanitaria única. Si bien luego de
muchos años de divorcio entre la Seguridad Social y la
Salud Pública hoy conviven legalmente bajo la
jurisdicción del Ministerio de Salud, la Seguridad
Social vinculada a los sindicatos se mueve con total
autonomía e independencia de la autoridad sanitaria.
Los gobiernos democráticos desde 1983 a la fecha han
subordinado la problemática y la coordinación de la
cobertura de salud de las obras sociales a la discusión
sobre salarios y situación laboral de los trabajadores
formales. Los beneficiarios de la Seguridad Social son
un rara avis que no han tenido a nadie que los defienda
de la mala atención, las listas de espera, los problemas
de acceso y calidad de los servicios que contratan esas
mismas obras sociales donde el afiliado hace el aporte.
Recordemos que el representante de los trabajadores es
el mismo que administra las obras sociales, salvo que
exista un desdoble de personalidad sería muy difícil que
uno controle y supervise al otro.
La Superintendencia tuvo el mandato de consolidarse como
el ente de regulación y control de los actores del
sector, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las
políticas del área para la promoción, preservación y
recuperación de la salud de la población y la efectiva
realización del derecho a gozar las prestaciones de
salud establecidas en la legislación vigente. En la
práctica el control que ejerce es muy débil y en la
historia de la Seguridad Social son contados los casos
de sanciones o apercibimientos y menos aún cierre de
alguna obra social. La Superintendencia actúa como el
ente que evita comparaciones, rankings y cualquier
acción de premios y castigos. Así como en todos los
sistemas hay obras sociales buenas y otras que no
deberían estar autorizadas y se comportan como pantallas
para negocios más o menos ilegales.
¿Qué es la captura del regulador? En economía cuando se
analizan los fallos del estado muchas veces nos
encontramos con la captura del regulador con una gran
incidencia en el equilibrio de los sistemas. ¿Cuándo se
produce esta situación? Cuando una agencia regulatoria,
creada para defender el interés general, actúa en favor
de ciertos intereses políticos o grupos de interés del
sector sobre el cual está encargada de regular.
Este concepto fue acuñado por el Premio Nobel de
Economía George Stigler en los años setenta y es
aplicable a las entidades estatales susceptibles de ser
influenciadas por el poder de las empresas u
organizaciones en las que se delegó la administración de
los servicios, que son responsabilidad obligatoria del
Estado.
En el caso de la Superintendencia de Servicios de Salud
estamos ante un caso evidente de captura del regulador.
Siguiendo a Lasheras, M. A. (1) “los fallos en la
regulación eficiente de los servicios públicos, podría
conducir a la economía a una peor situación que la
inicial si es que no se cuenta con un marco regulatorio
adecuado”. Recordemos que los precios son las señales en
la economía que indican a los agentes hacia donde deben
moverse, así cuando el gobierno interviene a través del
ente regulador, puede crear incentivos en actividades
que no son eficientes, y dichos incentivos son
reflejados por la regulación en los precios.
En efecto la captura del regulador es cuando las
decisiones políticas muchas veces se distancian de sus
objetivos, procurando beneficiar a grupos de poder o
intereses electorales e inclusive la presencia de
corrupción. Esto ha sucedido en la Seguridad Social
desde la ley 18.610 que dio origen al INOS (Instituto
Nacional de Obras Sociales) una de las sedes del
históricas del pacto corporativo entre sindicalistas y
prestadores, para convertirse luego durante los años
noventa en un reducto estrictamente sindical (ANSSAL) y
terminar con el Decreto 1615/96 que creó la
Superintendencia de Servicios de Salud como organismo
descentralizado de la APN, en jurisdicción del
Ministerio de Salud con personalidad jurídica y con un
régimen de autarquía administrativa, económica y
financiera y en calidad de ente de supervisión,
fiscalización, y control de los agentes que integran el
sistema nacional del seguro de salud. Las intenciones
inmejorables pero la implementación siempre careció del
verdadero espíritu de un organismo de control, proteger
a los beneficiarios de los abusos de las empresas.
La S.S.SALUD tiene la obligación de controlar el
desempeño de obras sociales y empresas que deben
“cuidar, mantener y recuperar” la salud de 14 millones
de personas (12 millones que aporta n a la Seguridad
Social, de los cuales 4 millones transfieren aportes al
privado y se suman 2 millones que tienen cobertura
voluntaria de prepagas de manera exclusiva). La suma del
financiamiento total de los dos subsectores alcanza el
3,06% del PBI (2) que se desagrega: 1,6% PBI (obras
sociales nacionales) más 1,46% PBI de gasto en seguros
privados por un total de U$ 16.700 millones de dólares,
sin contar el gasto de bolsillo por pago directo que
pudiera corresponder a este sector con poder adquisitivo
mediano y alto.
Han pasado ya 22 años de la creación de la
Superintendencia como agencia reguladora, ya estamos en
condiciones de evaluar si se han tenido en cuenta varias
características deseables que debe cumplir para poder
llevar a cabo con éxito sus propósitos.
La primera tiene que ver con la claridad de los
objetivos y la consistencia con los objetivos globales
de la política. Para esto es necesario contar con
recursos humanos calificados y con sistemas de
incentivos acordes con las funciones desempeñadas.
Igualmente es claro que se requiere infraestructura,
recursos financieros y sistemas modernos de
administración que permitan una operación ágil y
oportuna. En este aspecto hay un verdadero vaciamiento
técnico de la S.S.SALUD que alguna vez desarrollo
ciertas capacidades.
La segunda característica con la necesidad de consolidar
una serie de mecanismos externos de control que se
fundamenten en sistemas de información adecuados para
conocer las preocupaciones y problemática de los
beneficiarios de la seguridad social. Incrementar la
transparencia es fundamental por varios motivos: A) Si
los reguladores no están obligados a trabajar con
estándares de transparencia y rendición de cuentas los
resultados de la regulación no serán los mejores. B) Los
cambios necesarios para garantizar la transparencia son
más fáciles de poner en marcha. (3)
La política sindical ha estado siempre por delante de la
política sanitaria y en consecuencia siempre se han
escondido debajo de la alfombra las tropelías,
desmanejos y abusos de obras sociales y prepagas.
Finalmente, es necesario disponer de mecanismos de
apelación a las decisiones de las autoridades
reguladoras e instancias que resuelvan los conflictos
que se presentan entre éstas y los agentes regulados.
Para esto, otorgar independencia se ha convertido en uno
de los aspectos más influyentes en el proceso.
Comúnmente se han formulado varias acciones que le
garantizan al regulador un grado ideal de independencia,
entre ellas, el otorgamiento de facultades exclusivas en
determinadas decisiones, la disponibilidad de
presupuesto propio, la existencia de estatutos laborales
flexibles, el establecimiento de mecanismos especiales
de designación, permanencia y remoción de los
reguladores, y la imposición de inhabilidades a los
reguladores para el desempeño de ciertos cargos.
La Superintendencia tiene un largo camino para recorrer
teniendo en cuenta el estado de situación actual y las
responsabilidades que tiene dado que es la única
autoridad de aplicación de la sumatoria de la Seguridad
Social más la medicina prepaga. Si no fue capaz durante
todos estos años de sancionar y establecer las reglas de
juego con las obras sociales como puede hacerlo con la
medicina prepaga.
La Superintendencia debería estar al servicio de los
beneficiarios de las obras sociales y de las prepagas,
tiene que estudiar, auditar y monitorear el
funcionamiento de los entes, tiene que compensar y
equilibrar, pero también debe sancionar e incluso
disolver obras sociales y prepagas cuando las mismas
incumplan las decisiones o violen las reglas
establecidas jurídicamente. No puede ser un órgano que
oculta o edulcora las ineficiencias y corruptelas que se
puedan plantear dentro del sector. Esta para hacer
cumplir las reglas de juego y esto son las leyes
votadas.
Los conflictos de intereses se plantean únicamente
pensando en el ejercicio de los reguladores en las
empresas privadas pero no es acaso la pertenencia a una
obra social (organizaciones sin fines de lucro) que
administra millones de pesos y que a partir de los años
noventa están asociadas con las empresas de medicina
prepaga elemento claves a ser tenidos en cuenta al
momento de seleccionar los recursos humanos que se
encargaran de administrar y ejecutar con objetividad
esta importante función reguladora. Desde los años
noventa muchas obras sociales son socias activas de las
empresas de medicina prepaga y se realimentan entre sí.
El acuerdo de devolución de los 30.000 millones
retenidos durante el gobierno anterior es una clara
muestra de esta sociedad entre obras sociales y
prepagas, ambas son beneficiarias directas o indirectas
de los programas que en virtud de este financiamiento se
implementan.
Hoy la Superintendencia de Servicios de Salud es un
organismo vaciado de contenidos y recursos técnicos,
manejado por el Ministerio de Trabajo para intentar
disciplinar sindicatos sin considerar estudios o
mediciones sobre la gestión, calidad y acceso de las
prestaciones por parte de los beneficiarios. La política
de corto plazo está por encima de la evidencia real de
cómo funciona la seguridad social. La historia se repite
como tragedia.
Cambiemos también significa cambiar determinadas
prácticas históricas de los gobiernos democráticos con
los sectores sindicales y poder superar definitivamente
el histórico divorcio entre la salud pública y la
seguridad social. No podremos construir una Cobertura
Universal con equidad y calidad si persisten esquemas
corporativos que no se subordinen a una política de
salud para todos los ciudadanos argentinos.
1 Lasheras, M. A. “La regulación económica de los
servicios públicos”. (1999) Barcelona: Editorial Ariel
2 El PBI de Argentina (2017) ascendió a 546.000 millones
de dólares. www.datosmacro.com
3 Galetovic y Sanhueza (2002).
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