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Una vez más, el anhelo de un acuerdo nacional está a la
orden del día. De cara a unas elecciones inciertas y con
un panorama difícil, cada quien declara la necesidad de
acordar unos puntos fundamentales. El modelo de acuerdo,
recordado hasta el cansancio, es el Pacto de la Moncloa
(aunque en verdad se trató de dos grandes acuerdos).
El imaginario es simplista y parece suponer una llana
buena fe, en vez de una intrincada negociación con
actores principales que impulsen la iniciativa. En más
de una ocasión cuestioné el trillado concepto de
consenso con una mítica mesa en la que todos llegarían a
un acuerdo a fuerza de argumentaciones y en pos del bien
general. Muy por el contrario, el disenso y la puja de
intereses son lo normal de una sociedad, sumado a la
pluralidad de valores. El acuerdo parte de valuar las
consecuencias sin ocultamiento y asumir las
responsabilidades sin eludirlas.
Además, igual de importante que lo que se acuerda es lo
que no se acuerda. En España, la impunidad de la larga
dictadura franquista fue en sí misma parte de la
negociada transición. La derecha aceptaba a la izquierda
y al propio Partido Comunista y reformas de tinte
socialdemócrata, mientras que la izquierda aceptaba la
continuidad de la monarquía y resignaba la república
junto al juzgamiento del franquismo. Así y todo, por
derecha e izquierda la suscripción a los acuerdos fue
gradual y no llegó a ser unánime.
En la transición argentina no existió un Pacto de la
Moncloa, pero sí un cuestionamiento a la dictadura y una
decisión de mantener y sostener la democracia como forma
de gobierno y de vida, que se plasmó en el Nunca Más y
en los Juicios a las Juntas Militares. Cuando el
levantamiento “carapintada” tuvo en vilo al país durante
la Semana Santa de 1987, todos los partidos políticos
salieron a defender a la democracia. Ciertamente, hubo
rápidos retrocesos, pero no se desdibujó el límite de la
democracia como base fundamental de acuerdo (que no
existía en décadas previas).
Asimismo, el giro neoliberal también respondió en parte
a un acuerdo implícito de las jerarquías políticas de
los dos grandes partidos políticos, cooptados por un
espíritu de época. El Pacto de Olivos, por su parte,
constituyó un acuerdo de cúpulas partidarias para la
reforma constitucional de 1994, aunque limitado a la
organización institucional del Estado, sin contenido
social ni participación popular.
Si nos retrotraemos a la conformación de la Nación,
veremos que el Acuerdo de San Nicolás de 1852 que dio
lugar a nuestra Constitución Nacional, no contó con la
participación de la principal provincia del país, Buenos
Aires. Hubo que esperar diez años más para que, tras las
batallas de Cepeda y Pavón, la provincia negocie los
términos de la unificación con la Confederación, dando
lugar a la presidencia nacional del porteño Mitre. Y
recién en 1880, tras un nuevo enfrentamiento sangriento,
la capitalización de Buenos Aires cerró el ciclo de la
unificación.
Como vemos, no existe un momento mágico que dé lugar a
un acuerdo, sino que se trata de largas negociaciones (y
antaño batallas) y perseverancia en acercar posiciones.
Los pactos no significan una abrupta resolución de
problemas estructurales, pero fijan puntos en común, o
al menos de referencia para los actores involucrados,
incluso para aquellos que no aceptan los términos en un
primer momento (o nunca).
Existen acuerdos más explícitos desde las estructuras de
poder, pero también acuerdos sociales más implícitos que
son la condición de posibilidad del impulso o sostén de
los primeros. La decisión gubernamental y el sentir
popular se refuerzan así mutuamente. La ley 1.420 de
educación común, obligatoria y gratuita (de 1884) inició
un camino de inclusión social que al día de hoy asocia,
en el sentido común nacional, ascenso social con
educación. Un siglo después, el Congreso Pedagógico de
1984, más allá de sus límites, significó una gran
discusión nacional con los principales actores
involucrados. En el área de la salud, lamentablemente,
no contamos con algo equivalente.
Cuando proponemos un Acuerdo Sanitario, también debemos
suponer que es poco probable que el pleno de actores
involucrados en el área lo acepten de manera inmediata.
El Acuerdo debe ser presentado una y otra vez hasta que
alcance la participación y compromiso necesarios. Puede
que existan acuerdos parciales, que si bien no serían
suficientes, pueden establecer una base y un ejemplo
para futuras convocatorias con creciente influencia.
Pero por otro lado, y al mismo tiempo, se trata de
lograr un apoyo popular considerable que sostenga y
hasta impulse a la determinación gubernamental.
En un sistema que es público por su propia naturaleza,
más allá de quien detente la titularidad de los
servicios, es responsabilidad intransferible del Estado
revalidar su papel como convocante y orientar, coordinar
y regular las acciones de interés público dirigidas a
asegurar la protección de la salud colectiva y un
accionar estratégico y planificado, que reconozca
prioridades y concatene acciones.
La actual situación crítica económica, financiera e
institucional obliga a una estrategia sincrónica que
incluya el corto, mediano y largo plazo, ponderando el
impacto en el tejido social y su deterioro sociocultural
a revertir. Se debe establecer un Plan de Contingencia
siguiendo particularidades específicas (atendiendo a la
heterogeneidad territorial, por ejemplo) pero en
correspondencia con un Plan Maestro de reconversión
estructural que fije el objetivo final, aunque no los
pasos intermedios que se ajustarán, en definitiva, por
ensayo y error, pero con un seguimiento constante. En un
área de tal complejidad, no se trata de variables de
estado (estáticas), sino de variables de control
(dinámicas), es decir, de monitoreo y regulación. Al
decir del economista François Perroux, “el progreso se
produce por y a través del desequilibrio”.
Es preciso transformar la organización tradicional de la
salud en un sistema que utilice los recursos del sector
público, de las obras sociales y del sector privado —con
y sin fines de lucro, ya se trate de prestadores
individuales, grupales o institucionales— integrándolos
en una única red, que abarque los distintos niveles de
complejidad y modos operativos, desde la internación
hasta la atención primaria. Hoy los adelantos
informáticos posibilitan y facilitan esta misión. Para
ello, necesitamos convocar a todos los componentes del
sistema sanitario (financiador, prestador, usuario,
proveedor y coordinador), descartando la acción
unilateral del Estado y la articulación compulsiva. Sólo
una participación voluntaria, activa, guiada por un
interés cierto y valores esenciales, permitirá la
genuina integración de los recursos privados al sistema.
Un acuerdo como tal permitirá la reconversión de la
realidad sanitaria a partir de su conocimiento y la
puesta en marcha de nuevas formas de organización,
gestión y financiamiento que permitan la viabilidad del
sistema y el mejoramiento de las prestaciones, así como
asegurar la producción genuina de servicios y con ello
la vitalidad de ese sector de la economía. La
coordinación y el pleno uso de facilidades permitirán
corregir las desigualdades, las distorsiones
demográficas y las ineficiencias. Por esa razón, la
integración conviene también a los pacientes y en ello
radica su legitimidad. De ahí surge la necesidad de
gestionar un acuerdo para acordar la gestión de Salud.
El acuerdo posible no es posibilista ni utópico; es
ambicioso pero realista. Deben establecerse objetivos
claros, con flexibilidad en su concreción, pero
intransigencia en su espíritu. Se trata, como lo llamé
alguna vez, de un genuino sendero, un camino que puede
ser largo y sinuoso, pero con un destino claro: mejorar
la salud con los principios de equidad y eficiencia.
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Ignacio Katz, Doctor en Medicina - UBA. Director
Académico de la Especialización en “Gestión
Estratégica de Organizaciones de Salud”
Universidad Nacional del Centro - UNICEN. Autor
de: “La Fórmula Sanitaria” Eudeba (2003).
“Claves Jurídicas y Asistenciales para la
Conformación de un Sistema Federal Integrado de
Salud” - Editorial Eudeba (2012). “Argentina
hospital. El rostro oscuro de la salud” - Visión
Jurídica Ediciones (2018) |
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