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¿Qué sucede en una mediación?
Los pacientes se quejan, los compañeros de trabajo discuten, los
proveedores demandan, las obras sociales niegan, las compañías
de seguros desafían, los médicos no están de acuerdo y el
departamento legal apela. La atención médica tiene más que su
parte de conflicto. Es tangible y concreto y proporciona más
visibilidad de la que cualquiera de nosotros quiere y con la que
se siente cómodo.
Frente a todo esto es que como mediadoras muchas veces nos
preguntan qué sucede dentro de una oficina o espacio en donde
ocurre la mediación. “Vemos que las personas entran con una cara
y salen con otra”, solemos escuchar.
La mediación en el ámbito sanitario es vista como parte de los
nuevos sistemas y procedimientos para el manejo del conflicto
entre profesionales y usuarios en un hospital, lo que permite
gestionar mejor los cambios y utilizar el diálogo como eje
central de las intervenciones en la relación clínica.
Esta impacta en la seguridad de los pacientes y en el clima
laboral, y permite desjudicializar los conflictos. Además,
algunos estudios demuestran que cuando se entrena en mediación a
los profesionales se mejora el trato con los usuarios de los
servicios de salud y se evitan posibles litigios.
Entonces hoy veremos un poco más sobre que significa mediar y
cómo es participar de una mediación.
¿Es una conversación?
Si lo es; con una facilitación del diálogo entre los asistentes
por parte del mediador desde su imparcialidad o neutralidad
(concepto de mucho debate respecto de si es posible o no serlo
realmente).
La mediación es un proceso que conduce el mediador; solo
conduce, no resuelve, no impone soluciones al conflicto. Los
protagonistas de la historia son las partes.
Si es un proceso, entonces pensamos en un orden para que la
conversación tenga un hilo conductor hacia un posible acuerdo o
como mínimo en un acercamiento que permite mirar el conflicto
desde otra perspectiva. Quizás luego de eso los acuerdos
suceden, o entramos en una desescalada que da oportunidad a otro
tipo de diálogos.
Ese orden para el diálogo tiene como principio un breve discurso
por parte del mediador para explicar en qué consiste el proceso,
su confidencialidad, cuál es su rol, algunas reglas de juego, y
sobre todo para instar a los asistentes a que se respeten, se
escuchen y colaboren con el procedimiento, con miras a lograr un
acuerdo o transformar la relación.
Incluso si la mediación no se resuelve, el proceso en sí per-
mite que los problemas se pongan sobre la mesa, con una
oportunidad para la discusión en un marco seguro. Permite a las
personas la oportunidad de irse a casa o volver al trabajo y
considerar las muchas opciones presentadas ante ellos en la
mediación.
Hemos escuchado muchas veces que, aunque la mediación no tuvo
éxito, las partes pudieron trabajar juntas de manera más
efectiva después de tener la oportunidad de expresar sus quejas,
emociones, sentires.
En la mesa de mediación el único adversario al que hay que
enfrentar es el conflicto, se despliegan una serie de
herramientas de diversas disciplinas (comunicación, negociación,
PNL, oratoria, comunicación no verbal, etc.) que están
destinadas a comunicarnos más y mejor en pos de ese acuerdo o
transformación.
Luego el mediador y la parte reclamada escuchan (sin
interrumpir) a la parte que reclama, quien tiene la oportunidad
de explicar en qué consiste el conflicto desde su punto de
vista, y cual sería desde su enfoque una posible solución. Del
mismo modo, la parte reclamada expone su mirada respecto del
conflicto planteado y también una posible solución desde su
punto de vista.
Mientras se plantea el conflicto, generalmente ocurre que en
esta primera etapa del proceso, se expresan todas las
disconformidades y enojos y se vuelcan en la mesa todas las
emociones negativas que el mediador deberá filtrar y traducir
mediante la técnica denominada “parafraseo” o sea el mediador
permite expresar las emociones en un marco de respeto, y al
mismo tiempo contiene a ambas partes para tratar de reducir el
enojo; luego pasa en limpio el objeto del reclamo sin otras
connotaciones emocionales.
A partir de allí y con el conflicto planteado se construye una
agenda para seleccionar los temas a tratar asegurándose que las
partes han dejado de lado momentáneamente las emociones, y están
dispuestas a trabajar en un mejor clima, y a negociar juntamente
con el mediador, en la búsqueda de distintas opciones de
solución al problema.
Esta parte del proceso se puede hacer en forma conjunta, o sea
con ambas partes o bien en reuniones separadas (caucus) en las
que interviene el mediador con cada una de las partes, cuidando
siempre que el tiempo invertido con cada parte sea el mismo;
obteniendo el compromiso de confidencialidad de lo dicho en cada
reunión, es decir que todo lo que cada una de las partes no
quiera que el mediador traslade a la otra parte, no será
trasladado. Salvo que medie autorización expresa para que así
sea.
Allí el mediador insta a las partes a pensar y crear varias
opciones para elegir entre ellas la que conduzca a un posible
acuerdo y pueda satisfacer a los intereses de todas las partes.
Es este momento del proceso en el que el mediador también ejerce
un rol de ‘abogado del diablo” entendiéndose ello como una
reflexión que el mediador hace con cada parte separadamente para
ayudar a que vean ventajas y desventajas de sus posiciones
frente al conflicto y también puedan evaluar la conveniencia de
llegar a un acuerdo y evitar un juicio ayudándolos a comparar
posibilidades de éxito o fracaso en sede judicial, costos, etc.
Para ello el mediador utiliza criterios de legitimidad objetivos
que son aceptados por ambas partes y aunque tengan lugar a
interpretaciones ayudan a limitar la discusión a conceptos
reglamentados y preestablecidos como, por ejemplo: leyes,
decretos, reglamentos, etc.
Este rol de “abogado del diablo” del mediador se realiza en
reuniones privadas con cada parte y sus abogados también con el
fin que la parte pueda verificar y comparar esta información con
la que le dio su abogado previo a la mediación.
Hecha esa evaluación cada parte tomara una decisión respecto de
si su alternativa de acordar es más beneficiosa que su
alternativa de transitar un juicio sopesando todas las aristas
que un juicio conlleva: tiempo, costos, daño a la relación etc.
(MAAN: ¿hay una mejor alternativa comparada con un acuerdo
negociado?)
¡Si hay acuerdo se firma el mismo y la mediación habrá concluido
con un enorme ahorro de tiempo, dinero y energía vital!
¿Por qué hablamos de Mediadores
Sanitarios?
Hasta aquí describimos muy brevemente el proceso, dando paso a
resaltar la necesidad de que los “Mediadores Sanitarios” se
capaciten específicamente para mediar este tipo de conflictos.
Existen diversos programas de mediación sanitaria, tanto a nivel
público como privado. Estos programas suelen ofrecer servicios
de mediación para diferentes tipos de conflictos, como:
Conflictos entre médico
y paciente: desacuerdos sobre tratamientos,
diagnósticos, información, etc.
Conflictos entre profesionales de la salud: disputas
entre colegas, equipos de trabajo, etc.
Conflictos entre pacientes e instituciones sanitarias:
reclamaciones por mala praxis, negligencia, etc.
El programa de capacitación preestablecido por el Ministerio de
Justicia de la Nación, para los profesionales con título de
grado que aspiran a ser mediadores, incluye materias relativas a
axiomas de la comunicación, diferentes técnicas de negociación y
programación neurolingüística, con una carga horaria de 80 horas
de clases teóricas y 20 horas de pasantías para la práctica.
Los mediadores que intervienen en conflictos referidos al
derecho de familia están obligados a cursar 30 horas de
capacitación específica. Esto ya nos da indicios de que algunas
materias en el ámbito de la gestión de conflictos requieren de
mayor incorporación de conocimientos, especificidad, etc.
Si bien hay diferentes posturas respecto de la necesidad de una
capacitación específica para los mediadores según se trate del
tipo de conflictos en los que intervienen; algunos opinan que un
buen mediador puede intervenir en cualquier conflicto. Tenemos
otra mirada sobre el punto.
Ya sean conflictos por mala praxis médica o bien conflictos
asociados a la falta de cobertura de alguna prestación, o bien a
fallas de comunicación entre financiadores y usuarios u otros
referidos al sector salud, nuestra propuesta consiste en la
necesidad de una capacitación específica para el Mediador
Sanitario quien, creemos, debe conocer las características
específicas de nuestro sistema de salud.
Cuando el mediador escucha los conflictos referidos al sector
salud debe saber distinguir, por ejemplo, la diferencia entre el
sistema público, el sistema de seguridad social (obras sociales
y mutuales) y el sistema privado (empresas de medicina prepaga).
Debe saber que existen normas, decretos, resoluciones del
Ministerio de Salud de la Nación, una agencia de evaluación de
nuevas tecnologías y aun, un Programa Médico Obligatorio, que
legitiman, y muchas veces respaldan las decisiones que se toman
en el sector.
Porque, aunque el mediador no resuelve, para poder ayudar a
ambas partes en el proceso de comunicación, no puede estar ajeno
a situaciones puntuales que se van a sustanciar durante la
negociación entre las partes y sus abogados, sobre todo como ya
comentamos, cuando ejerce su “rol de abogado del diablo”
oportunidad en la que puede ayudar a las partes y a los abogados
patrocinantes a evaluar las posibilidades de éxito o fracaso que
pueden obtener en sede judicial.
Como muchas veces se dijo la demanda de salud es infinita y los
recursos tienen límites.
Sabemos que en los países desarrollados se está priorizando la
atención neonatal antes que los tratamientos de hemodiálisis en
adultos mayores.
Creemos que los procesos de mediación sanitaria conducidos por
mediadores capacitados específicamente pueden ser útiles también
para ejercer una suerte de función esclarecedora para los
abogados patrocinantes y el usuario en general, que muchas veces
desconocen cómo funcionan los sistemas de financiamiento de la
salud, sus límites y dificultades.
La esencia de la función del mediador es la imparcialidad, es
ayudar a las partes a acercar sus posiciones iniciales,
escuchándose, con empatía, poniéndose en el lugar de la otra
parte; por ello creemos que la instalación de la Mediación
Sanitaria con profesionales, abogados y médicos mediadores,
capacitados específicamente para intervenir en este tipo de
conflictos, colaboraran para reducir la litigiosidad logrando
que el financiador escuche la solicitud y la necesidad de la
prestación por parte del usuario, y el usuario pueda también
conocer las explicaciones referidas a las limitaciones que
regulan el sistema.
De este modo juntos, mediante la autonomía de la voluntad de
ambas partes, durante el proceso conducido por un Mediador
Sanitario, podrán encontrar una opción creativa que responda a
la necesidad del usuario, y el financiador pueda autorizar
dentro del marco normativo vigente, sin necesidad de recurrir a
la vía del amparo, cuya resolución depende de un tercero: el
juez.
(*) Abogadas – Mediadoras - Consultoras en Mediación Sanitaria
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