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Hay varias pandemias que le siguieron a la pandemia del Covid-19,
la pandemia emocional, la económica, la psicológica, la laboral,
a lo que se le suma la pandemia de demandas judiciales contra
los Estados y laboratorios por efectos adversos, como
consecuencia de la vacunación.
Desde el inicio de la pandemia de Covid-19, la humanidad ha
enfrentado uno de los desafíos de salud pública más grandes de
la historia reciente. En este contexto, las vacunas han surgido
como la herramienta más eficaz para controlar la propagación del
virus y reducir la mortalidad.
Sin embargo, la rapidez con la que se desarrollaron y
distribuyeron estas vacunas, ha generado controversias y
demandas judiciales contra los Estados y la industria
farmacéutica.
Este artículo analiza las implicaciones y los argumentos detrás
de estas demandas, así como su impacto en la confianza pública y
la política de salud global.
"La urgencia de la situación
pandémica llevó a un proceso de desarrollo y aprobación de
vacunas sin precedentes en términos de velocidad. Las vacunas de
AstraZeneca, al igual que otras, fueron sometidas a ensayos
clínicos acelerados y aprobadas bajo autorizaciones de uso de
emergencia. Este contexto excepcional ha sido uno de los
principales argumentos de las demandas judiciales, que alegan
que la rapidez pudo comprometer la seguridad y eficacia de las
vacunas."
Hasta donde sabemos, en la Argentina existen cinco demandas
colectivas contra el Estado y laboratorios fabricantes, todas
ellas por presuntos daños y perjuicios ocasionados por las
inoculaciones.
En las demandas, además, se plantea la “inconstitucionalidad”
del artículo 4 de la ley 27.573 por el que se facultó al Poder
Ejecutivo a incluir en los contratos de compras de vacunas
“cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial
respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias en
favor de quienes participen de la investigación, desarrollo,
fabricación, provisión y suministro de las vacunas”.
En ese sentido, mediante la Resolución Conjunta N° 7/2022 del
Ministerio de Salud y la Superintendencia de Riesgos del
Trabajo, se estableció un procedimiento para la tramitación de
los reclamos indemnizatorios a ser atendidos con recursos del
Fondo de Reparación Covid-19, pero allí no se previó la con-
formación de una junta médica a los efectos de emitir dictámenes
o resoluciones que determinasen la existencia y grado de la
incapacidad denunciada.
Dicha norma estableció una compensación de hasta 240 haberes
mínimos jubilatorios, lo que es rechazado por los de- mandantes
damnificados, por entender que resulta insuficiente reparación
del daño causado; y sostienen, además, que son los propios
laboratorios quienes deben asumir las indemnizaciones que
correspondan.
A las demandas colectivas mencionadas se le suma la única acción
individual que he detectado en el país, que se encuentra
radicada en el Juzgado Federal de Río Cuarto, por medio de la
cual una mujer demanda a la Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) y AstraZeneca, pues
atribuye a la tercera dosis de esa vacuna recibida en 2022, el
síndrome de Guillain-Barré, con cuadriparesia que padece en la
actualidad.
Por otra parte, existen demandas en los Estados Unidos y en el
Reino Unido, donde un grupo de personas acusan al fabricante
AstraZeneca de haber manifestado reacciones adversas a la vacuna
contra el Covid-19.
Por ejemplo, Brianne Dressen, una ciudadana estadounidense fue
diagnosticada de “neuropatía post-vacuna”; y, en con- secuencia,
demandó a AstraZeneca, alegando haber quedado “permanentemente
discapacitada” tras participar en un ensayo clínico de la vacuna
contra el Covid-19.
La mujer, de 42 años y ex profesora de Utah, denunció a la
empresa por presunto incumplimiento de contrato, al afirmar que
la empresa no proporcionó atención médica para sus efectos
secundarios, tal como había prometido.
El laboratorio, por su parte, a través de un documento legal que
presentó ante el Tribunal Superior, sostuvo que su formulación
“puede, en casos muy raros, causar TTS”, es decir, síndrome de
trombosis con trombocitopenia, que provoca que las personas
tengan coágulos de sangre y un recuento bajo de plaquetas en
sangre.
Sostuvo el fabricante que la seguridad del paciente siempre fue
su máxima prioridad y que las autoridades reguladoras cuentan
con estándares claros y estrictos para garantizar el uso seguro
de todos los medicamentos, incluidas las vacunas.
Añadieron que, a partir del “conjunto de pruebas obtenidas en
ensayos clínicos, se ha demostrado continuamente que la vacuna
AstraZeneca-Oxford tiene un perfil de seguridad aceptable y los
reguladores afirman sistemáticamente que los beneficios de la
vacunación superan los riesgos de posibles efectos secundarios
extremadamente raros”.
Si bien es cierto que el desarrollo acelerado de las vacunas ha
generado preocupaciones legítimas sobre la seguridad, también es
importante reconocer que las vacunas pasaron por rigurosos
procesos de evaluación científica antes de ser aprobadas. Las
agencias reguladoras en todo el mundo, como la EMA y la FDA,
supervisaron y aprobaron el uso de estas vacunas, basándose en
datos de ensayos clínicos que demostraron su eficacia y
seguridad.
Sin embargo, el tema de la responsabilidad aparece como el
principal argumento de los demandantes, quienes sostienen que
tanto los fabricantes como los gobiernos no fueron lo
suficientemente transparentes sobre los posibles efectos
secundarios y riesgos asociados con las vacunas. En algunos
casos, se alega que la información sobre eventos adversos graves
no se comunicó adecuadamente al público.
La transparencia es fundamental para mantener la confianza
pública en las vacunas. Si bien los efectos secundarios graves
son extremadamente raros, es esencial que se comuniquen de
manera clara y honesta. La falta de transparencia puede
alimentar la desconfianza y el escepticismo, lo cual es
contraproducente hacia los desarrollos de nuevas tecnologías en
el futuro.
Muchas de las demandas buscan compensación por daños
supuestamente causados por las vacunas. Como he mencionado, en
algunos casos, se han reportado efectos secundarios graves,
aunque raros, como trombosis, síndrome de Guillain-Barré, daños
neurológicos o permanente discapacidad. Este es un punto
complejo, ya que la correlación entre la vacuna y los efectos
adversos no siempre implica causalidad directa.
Los sistemas de compensación por daños relacionados con vacunas
existen en varios países y son una forma de asegurar que
aquellos que sufren efectos adversos tengan un recurso. Sin
embargo, estas demandas deben equilibrarse con la necesidad de
proteger a los fabricantes de vacunas de una carga legal
excesiva que podría desincentivar la innovación y producción de
nuevas vacunas o tecnologías.
Las demandas judiciales contra los laboratorios y los Estados
pueden tener un impacto significativo en la salud pública. En
primer lugar, pueden erosionar la confianza pública en las
vacunas, lo cual es especialmente perjudicial durante una
pandemia y de cara al futuro, máxime si se tiene en cuenta que
la vacunación masiva es esencial para alcanzar la inmunidad de
grupo y controlar la propagación de virus.
Además, las demandas pueden tener un efecto disuasorio en las
farmacéuticas, desincentivando la inversión en investigación y
desarrollo de nuevas vacunas. Si las empresas temen
repercusiones legales desproporcionadas, pueden estar menos
propensas a asumir los riesgos necesarios para desarrollar
soluciones innovadoras en tiempos de crisis.
La judicialización masiva genera una tensión entre la necesidad
de una respuesta rápida y efectiva ante situaciones pandémicas
como la vivida recientemente y las preocupaciones legítimas
sobre la seguridad y responsabilidad.
Es crucial que se mantenga la transparencia y se aborden de
manera justa las reclamaciones de daños, sin desincentivar la
innovación y la producción de vacunas.
En última instancia, la confianza pública y una política de
salud basada en la ciencia son esenciales para superar la
pandemia y prepararnos para futuros desafíos de salud global
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(*) Exgerente Operativo de Subsidios
por Reintegros de la Superintendencia de Servicios de
Salud
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