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El
13 de agosto pasado, la Cámara de Senadores aprobó por
unanimidad la Ley de Obesidad, que no sólo prevé que la
obesidad, la bulimia y la anorexia sean tratadas como
enfermedades, sino que también establece que las prepagas y
las obras sociales se hagan cargo de la cobertura de los
tratamientos requeridos. La sanción de la ley se produjo
tras un proceso de casi nueve meses de discusiones.
La Cámara de Senadores aprobó la ley con 54 votos a favor.
No obstante, dicha Cámara sólo contempló una de las
modificaciones realizadas por la Cámara baja, mientras que
gran parte de ellas fueron excluidas del texto final de la
ley, que también regulará la exhibición de imágenes de
extrema delgadez en los medios y la venta de productos de
calidad nutricional en los kioscos de los establecimientos
educativos.
Sin embargo, luego de sancionada, el Ejecutivo observó
cuatro artículos de la ya promulgada ley, por considerarlos
de cumplimiento imposible. (ver recuadro).
LOS DETALLES DE LA
LEY
La Ley de Obesidad no sólo se encarga de regular la atención
y el tratamiento de la obesidad, que quedarán a cargo de las
empresas de medicina prepaga y de las obras sociales, sino
que también obliga a éstas a cubrir otras dos enfermedades
ligadas a los trastornos alimentarios: la anorexia y la
bulimia. Una de las enmiendas al proyecto que la Cámara baja
había realizado el 4 de julio pasado pretendía dejar afuera
de la ley a estos dos padecimientos, pero el Senado decidió
hacer omisión de la enmienda y reincorporarlos a la ley.
Senadores también denegó la modificación realizada por
Diputados que pretendía que fuera el APE (Administración de
Programas Especiales) el organismo que se hiciera cargo de
los costos que surgieran de los tratamientos especiales. En
este sentido, la Cámara alta reforzó el artículo 16 de la
ley, que obliga a prepagas y obras sociales a hacerse cargo
de la totalidad de los costos.
En referencia a la importancia de la educación en este
ámbito, la ley involucra a los Ministerios de Educación y de
Desarrollo Social para incorporar la educación alimenticia
al sistema educativo. Además, obliga a los comercios de
alimentos radicados en escuelas a ofrecer productos que
integren una alimentación saludable y variada.
Uno de los puntos que generó idas y venidas fue la
iniciativa de que los alimentos con elevado contenido
calórico y pobre valor nutricional llevaran una leyenda que
señalara: “El consumo excesivo es perjudicial para la
salud”. La Cámara de Senadores había restringido esa leyenda
al ámbito de los productos hipercalóricos y de escaso
contenido nutricional, pero finalmente ése fue uno de los
temas vetados luego por el ejecutivo.
Por otra parte, la ley también crea el Programa Nacional de
Prevención y Control de los Trastornos Alimentarios, que
quedará incluido en el Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica. En otro de sus artículos, la Ley propone al
Ministerio de Salud como el encargado de tomar medidas para
evitar que los anuncios publicitarios y los diseñadores de
modas utilicen imágenes de extrema delgadez como símbolo de
salud o belleza.
LA POLEMICA
El derrotero que ha recorrido el proyecto de ley hasta su
proclamación definitiva, ha sido acompañado por la presencia
de Alberto Cormillot, conocido nutricionista, así como por
el ciclo televisivo Cuestión de Peso que conformaron algunos
de los pilares que impulsaron la sanción de la ley.
Desde otra óptica, representantes de ACAMI, (Asociación
Civil de Actividades Médicas Integradas), entidad que nuclea
a OSDE, CEMIC así como a los hospitales Alemán, Británico e
Italiano, resaltaron el hecho de que “ni el país ni el
sector de la salud están en condiciones de incorporar estos
tratamientos que no se cubren en ningún lugar del mundo”.
Los voceros de la entidad se encargaron de advertir que la
implementación de la Ley de Obesidad podría derivar en un
colapso del sector, que generaría el desfinanciamiento de la
medicina prepaga, el aumento de las cuotas que abonan los
sectores medios y la exclusión extendida de más de 16
millones de personas que permanecen sin cobertura.
El titular de ACAMI, Marcelo Mastrángelo, advirtió que “con
esta ley el sistema puede colapsar; además, profundiza los
dese- quilibrios porque relega una vez más a 16 millones de
argentinos sin cobertura médica, que deben atenderse con
escasez de insumos y aparatología obsoleta en un hospital
público colapsado”. También agregó que la situación del
sector de la salud es “altamente deficitaria” a causa del
aumento de los precios del material descartable, de la
incidencia de las nuevas tecnologías, de los mayores costos
que generan los juicios por mala praxis y la medicina
defensiva, y de la ampliación permanente del Programa Médico
Obligatorio.
Por su parte, el presidente del IOMA (Instituto Obra Médico
Asistencial), Javier Mouriño, se pronunció a favor de la
sanción, aclarando que su obra social “ya viene tratando la
obesidad como una enfermedad”.
En referencia a la incidencia de la Ley sobre los costos,
Héctor Capaccioli, titular de la Superintendencia de
Servicios de Salud, aclaró que para el cálculo de los
aumentos de las cuotas se tendrá en cuenta el efecto de las
nuevas tecnologías y la ampliación de las coberturas.
Por otro lado, la ministra de Salud, Graciela Ocaña,
reconoció que la nueva ley “seguramente tendrá un impacto en
los costos de las obras sociales y las prepagas”, pero
advirtió que “el tema se discutirá con los prestadores”.
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