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Las Enfermedades de Alto costo y Baja incidencia
representan un verdadero desafío para todo sistema de
salud y son justamente las respuestas que cada uno
implementa las que terminan definiendo los resultados en
salud de quienes las padecen así como del propio
sistema.
En la Argentina se han implementado diferentes
estrategias para intentar moderar el impacto económico
que estas patologías suponen para quienes las padecen.
La resolución 1561/12 de la Superintendencia de
Servicios de Salud (SSSalud) constituye la más reciente
de dichas estrategias y el análisis de su alcance así
como la comparación con alguna de sus predecesoras
permite reconocer fortalezas y debilidades de cada una y
estimar posibles escenarios para nuestro propio sistema
de salud.
UN POCO DE
HISTORIA
Aun cuando previamente existieron diferentes maneras de
enfrentar este grupo de enfermedades, pueden reconocerse
algunos hitos puntuales que han marcado el pulso en el
abordaje de las mismas.
La resolución 500/04 representó el primero de los
abordajes para este problema de salud pública. Allí
pueden identificarse un listado de patologías y
tecnologías que eran cubiertas bajo la modalidad de
subsidio o reintegro. Una de las principales
dificultades que sobresalen al analizar la marcha de la
misma lo constituye el elevado porcentaje de expedientes
tramitados por vía de excepción, el cual terminó por
convertirse en la regla exponiendo el acotado listado de
patologías que la resolución contenía así como la
potencialidad de administrar la respuesta con un elevado
nivel de discrecionalidad.
En septiembre de este año se reemplazó la resolución
500/04 por la 1200/12, la cual fue suspendida a poco
tiempo de haber sido puesta en funcionamiento. Uno de
los aspectos más discutidos al implementarse esta
resolución fue el alcance de cobertura en Discapacidad,
por lo cual se puso en marcha una intervención
específica en esta materia mediante la resolución 1511.
El tercer y más reciente hito lo constituye la
generación de la resolución 1561/12 la cual intenta ser
una mejora de su antecesora partiendo de una concepción
más inclusiva.
COMPARANDO LAS
RESPUESTAS
Un rápido análisis comparativo de las 3 resoluciones
permite apreciar el aumento de patologías/procedimientos
así como de medicamentos cubiertos bajo esta modalidad.
Ahora bien, ¿es el número de enfermedades bajo cobertura
un indicador de la capacidad de respuesta ante este
grupo de enfermedades? La tentación llevaría a afirmar
dicho concepto casi en forma inmediata y probablemente
lo sea. De hecho, ¿quién puede opinar en contrario de
extender la cobertura en medicamentos para Hepatitis B o
C, o en determinadas neoplasias?
La comparación de las resoluciones que se han puesto en
marcha hasta la fecha permiten identificar un importante
aumento en la cantidad de situaciones de salud bajo
cobertura (sean estas enfermedades o prácticas),
ascendiendo desde las 42 contempladas por la resolución
500, pasando por las 117 en la 1.200 hasta arribar al
escenario actual el cual plantea la inclusión de 129 de
ellas.
PROPUESTA PARA
LA ORGANIZACION, FINANCIACION Y PROVISION DE
PRESTACIONES: SIMILITUDES Y DIFERENCIAS
Desde la Universidad de Buenos Aires y en el marco de la
convocatoria a la presentación de propuestas de la
resolución 1310/12 se presentó a la SSSalud un escrito
con acuerdos y diferencias respecto a la resolución 1200
con el objeto de optimizar el alcance de la misma.
Sin entrar en detalle en las enfermedades incluidas en
esta propuesta ni tampoco en las coincidencias y
diferencias con la resolución 1200, vale la pena listar
al menos los lineamientos generales sobre los cuales se
cimentó. Ellos son:
-
Definir el listado de patologías/prestaciones a ser
incluidas.
-
Incorporación gradual de las mismas: Aun cuando todas
las enfermedades elegidas reúnen motivos suficientes
para ser incorporadas, la ampliación progresiva y por
etapas del listado inicial permitiría no sólo contar con
datos epidemiológicos de cada una de las patologías sino
también lograr dimensionar adecuadamente la oferta de
servicios para satisfacer la demanda real de cada
situación de salud. En este sentido, puede citarse el
Plan Auge de Chile, el cual inició su ambicioso proyecto
con la inclusión de 16 patologías llegando en la
actualidad a 80 de ellas.
-
Desarrollo de protocolos de atención: Con especial
hincapié en los criterios de inclusión y exclusión de
los pacientes así como las dosis adecuadas para cada uno
de los escenarios contemplados. Esta medida se
constituiría en una herramienta para reducir la
Variabilidad en la Práctica Médica, entendiéndose por
tal dos maneras de tratar un mismo problema de salud.
¿Y
AHORA?
Luego de analizar la resolución 1561 surgen varios
interrogantes acerca de la puesta en marcha de esta
ambiciosa resolución.
Entre otras, pueden citarse:
1. ¿Cuáles son los criterios que llevaron a incluir
enfermedades/medicamentos que hasta el momento no habían
sido contempladas en resoluciones anteriores?
2. Y ¿cuáles para definir la exclusión de otras que sí
formaban parte de sus antecesoras?
En el primer caso puede identificarse la presencia de
medicamentos como el Adaluimumab para el tratamiento de
Colitis Ulcerosa o Everolimus para neoplasias de
páncreas, mama y riñón. También aparece el Melanoma como
patología a ser cubierta según la última resolución.
Respecto a la exclusión, pueden citarse la cobertura
para tratamiento farmacológico con Teicoplanina o de la
Fenilcetonuria.
3. Por su parte, ¿cuál es la estimación del costo que
implica brindar cobertura en el listado propuesto?
4. ¿La SSSalud cuenta con el presupuesto que permitiría
dar respuesta a dichos costos?
5. ¿Se contempla la necesidad de acreditar prestadores?
En muchas ocasiones la idoneidad de quienes prestan el
servicio se convierte en el principal determinante de
los resultados en salud.
6. Y por último, se habla de precios máximos para
determinados medicamentos o prestaciones y
protocolización del manejo de las patologías. ¿Cómo será
la actualización de dichos precios? (específicamente la
periodicidad así como la estructura que permita llevarlo
adelante).
7. ¿Quiénes serán los encargados de revisar la evidencia
y proceder a actualizar, cuando corresponda, las guías
de práctica? ¿Lo harán las Sociedades Científicas, las
Facultades de Medicina? ¿Será mandatorio contar con
estudios de Costo-Efectividad?
Las respuestas a estas y otras preguntas permitirán
conocer con mayor detalle la real factibilidad de llevar
a la práctica una propuesta ambiciosa así como estimar
la sostenibilidad de la misma.
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