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Mientras
se desarrollaba la intrigante saga
de la medicina prepaga, ocupando
tapa y gran parte del contenido de
los diarios, transformando en una
discusión sobre la salud de la
“Nación” la transacción de pago (de
un seguro de salud privado y
voluntario) de alrededor de 2% de
los argentinos (por otra parte, los
de mayores ingresos); hecho sobre el
que volveremos en algún capítulo
posterior; pasaba sin pena ni gloria
y sin merecer una línea periodística
la emisión del decreto 1901,
posiblemente uno de los cambios más
trascendentes en el tratamiento del
financiamiento de la seguridad
social.
Este decreto, cuyos fundamentos
fueron propuestos al Sr. Presidente
de la Nación en el año 2005, fruto
de un estudio realizado por entonces
por la Superintendencia de Servicios
de Salud, regula, entre otras cosas,
la distribución de los recursos del
Fondo Solidario de Redistribución (FSR)
a través del llamado subsidio
automático, por medio de un
mecanismo de ajuste de riesgo por
edad y sexo.
Veamos una explicación: la ley
determina que aquellos beneficiarios
del sistema de seguridad social,
cuyo aporte (9%) no alcance una
cifra determinada, son compensados
por el FSR para alcanzar la cifra
que se determine, con el claro
objetivo de, utilizando un mecanismo
solidario, lograr que los
beneficiarios de salarios más bajos
se acerquen lo máximo posible a un
aporte que permita satisfacer las
prestaciones garantizadas por el PMO.
Esta cifra, hasta el año 2002 era de
$40 por titular del aporte. Quienes
no alcanzaban esos $40 con su 9% de
aporte, eran compensados.
En el curso de ese año, propiciamos
desde la Superintendencia una
modificación que tomara en cuenta la
composición del grupo familiar del
aportante, y se cambió la
compensación llevándola a $22 por
cada titular y $20 por cada uno de
los integrantes del grupo familiar;
de esta forma, todos aquellos
titulares cuyo aporte del 9% no
alcanzaba a cubrir una cifra de este
volumen, sumada, era compensado por
el FSR.
De esta manera se hacía más
equitativa la compensación,
favoreciendo a aquéllos
beneficiarios con grupos familiares
más grandes, en detrimento de los
que recibiendo antes el mismo monto
de dinero, no tenían familia, o
beneficiarios obligados.
El nuevo decreto; como antes dijimos
propuesto al Sr. Presidente en el
curso del año 2005, fruto de un
pormenorizado estudio llevado a cabo
en la Superintendencia; mejora aún
más las condiciones de equidad de
dicha compensación, pues toma en
consideración la edad y sexo de cada
uno de los componentes del grupo
familiar y del propio titular y
consecuentemente el riesgo de
enfermar de cada uno de ellos. De
esta manera se consigue, por primera
vez, ligar el ingreso que la
seguridad social garantiza para cada
uno de sus beneficiarios, con su
probabilidad de gasto en salud,
desligándola a la vez de su
capacidad de aporte por salario,
fortaleciendo el componente
solidario del sistema.
Esta decisión, representa en mi
opinión una de las reformas más
trascendentes en el financiamiento
de la seguridad social argentina; no
por su volumen dinerario, ya que los
montos del FSR disponibles para la
compensación no lograran alcanzar
todavía las cifras necesarias para
hacer consistente los aportes con el
costo del PMO (aunque se acercaran
muchísimo), sino porque impone una
lógica solidaria que respeta los
comportamientos del irregular
mercado de la salud.
Esta lógica, representada aquí en su
primer paso, requiere de ajustes más
finos, como por ejemplo una
adecuación a los costos regionales,
tan variables en nuestro país.
Y, si el sentido común logra
imponerse sobre los intereses
sectoriales el paso siguiente sería
la distribución de la totalidad de
los aportes (no sólo los del FSR) de
acuerdo al riesgo de enfermar de los
beneficiarios, independientemente de
sus ingresos salariales y de su
adscripción por rama de actividad.
Alcanzaríamos entonces la categoría
de un sistema de seguridad social
altamente solidario entre todos sus
aportantes (y no sólo entre los de
determinada actividad),
transparente, y muy probablemente
sostenible financieramente.
Si a esta medida agregáramos la
instrumentación del decreto de
regionalización, en vigencia, y la
medición del producto por GRD,
estaríamos , sin duda, en presencia
del sistema de seguridad social en
salud más equilibrado de America
latina, y probablemente del mundo.
Con estos agregados quedaría además
saldada una discusión de costos
entre prestadores y financiadores,
que se asemeja hoy mucho a la saga
de la medicina prepaga, con
decisiones fundadas en el “mas á
menismo”.
Cuando esto suceda, es posible, que
algún medio decida prestar más
atención a lo que acontece con el
destino sanitario de los 15 millones
de argentinos amparados por la
seguridad social, o aquéllos más
pobres, que sólo tienen como posible
cobertura a nuestro sistema público.
Caso contrario seguiremos
discutiendo sobre la salud de los
argentinos… el millón que aparece en
la tapa de quienes “nos informan…”. |